Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

Articulo 4º.- Disponer que el Ejercito del Peru, efectue las acciones administrativas correspondientes para su cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 657010-12

Crean el "Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de Helicopteros de las Fuerzas Armadas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 605-2011-DE/SG MORDAZA, 17 de junio de 2011 CONSIDERANDO Que, el articulo 165º de la Constitucion establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica; Que, los articulos 14º, 15º y 16º de la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el articulo 68º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE establecen que el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea de Peru son los organos de ejecucion del Ministerio; Que, el articulo 72º del referido Reglamento, senala que la Fuerza Aerea es el encargado, entre otros de: ejecutar las acciones entre otras de mantenimiento y equipamiento del componente aereo de las Fuerzas Armadas, en funcion de los objetivos de las politicas de Seguridad y Defensa Nacional; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 439, Ley Organica de la Fuerza Aerea del Peru, el ambito de la misma es el de desarrollar las acciones correspondientes al Poder Aereo, comprendiendo todas las actividades relacionadas con los intereses aeroespaciales; Que, la Fuerza Aerea tiene como mision, defender al Peru de sus amenazas y proteger sus intereses mediante el empleo del poder aeroespacial, a fin de contribuir a garantizar su independencia soberania e integridad territorial, para lo cual efectua la preparacion y desarrollo de su fuerza; Que, dicha Institucion posee los aviones de combate, transporte y helicopteros, los cuales constituyen sistemas de MORDAZA de primera linea; Que, con fecha 13 de MORDAZA de 2004 el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Federacion Rusa suscribieron el convenio de Cooperacion Tecnico Militar que contempla, entre otras modalidades, el suministro de equipos, materiales y otros bienes para las necesidades de la Defensa; la prestacion de servicios de mantenimiento, reparacion y modernizacion de los equipos existentes, la transferencia de licencias y tecnologias; asi como la formacion, capacitacion y certificacion de personal; Que, en el mes de noviembre del 2008, se suscribio el Convenio MORDAZA entre el Ministerio de Defensa y la Republica del Peru y la Sociedad Anonima Abierta "Corporacion Unificada Industrial "OBORONPROM" de la Federacion Rusa para la implementacion en el MORDAZA de un Centro de Mantenimiento Mayor de Reparacion de helicopteros de procedencia Rusa, en talleres ubicados en el territorio nacional y con mano de obra nacional civil y militar calificada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 504-2011-DE/ SG del 30 de MORDAZA de 2011, se conforma una comision sectorial de Trabajo, encargada del Proyecto del Centro

de Mantenimiento Conjunto de Helicopteros, integrada por representantes de la Fuerza Aerea del Peru, MORDAZA de MORDAZA de Peru, Ejercito del Peru y el Ministerio de Defensa, Que, segun lo previsto en el articulo 5º de la Ley Nº 29605, el Ministerio de Defensa ejerce competencias exclusivas y excluyentes respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, entre otras, en la gestion eficiente de los recursos del Sector Defensa; Que, el articulo 9º de la citada Ley en concordancia con el numeral 3.2 del articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones, dispone que el Ministro de Defensa es la mas alta autoridad politica del Sector Defensa y administrativa del Ministerio de Defensa y tiene, entre otras, la funcion de fortalecer y asegurar el mantenimiento de las Fuerzas Armadas en condiciones de operatividad y eficiencia; Que, en el contexto legal MORDAZA descrito, resulta pertinente, disponer la creacion del Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de las Fuerzas Armadas, el cual estara administrado por la Fuerza Aerea del Peru De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE concordante con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo que corresponda; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crease el "Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de Helicopteros de las Fuerzas Armadas", el cual estara liderado por la Fuerza Aerea del Peru y tendra como objetivo realizar actividades de fabricacion, modificacion, rehabilitacion, restitucion y recuperacion de aeronaves de alto nivel de tecnologia. Articulo 2º.- La Fuerza Aerea del Peru elaborara anualmente la relacion de aeronaves consideradas de alto nivel de tecnologia que deberan sujetarse a los procesos de mantenimiento del Centro que se crea en el articulo 1º. Articulo 3º.- El referido Centro sera implementado sobre la base del informe que emita la Comision Sectorial de Trabajo, conformada mediante la Resolucion Ministerial Nº 504-2011-DE/SG de fecha 30 de MORDAZA de 2011 en un plazo de noventa (90) dias. Articulo 4º.- Emitido el informe en el plazo MORDAZA indicado, la Fuerza Aerea del Peru esta facultada para coordinar y efectuar conjuntamente con el Ministerio de Defensa las acciones orientadas a dotar de recursos, presupuesto, logistica y todo aquello que resulte necesario para organizar administrativamente al Centro de Mantenimiento de Alto Nivel de Helicopteros de las Fuerzas Armadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 656644-1

Crean la "Escuela Conjunta de Pilotos de las Fuerzas Armadas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 607-2011-DE/SG MORDAZA, 22 de junio de 2011 CONSIDERANDO Que, el articulo 165º de la Constitucion establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica; Que, los articulos 14º, 15º y 16º de la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de

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