Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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dias naturales posteriores a la conclusion del MORDAZA electoral; Que, con el proposito de establecer una mayor coherencia, entre lo prescrito en la Ley de Partidos Politicos y el Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, la Resolucion Gerencial a que hace referencia el articulo 10º del mencionado reglamento debe ser expedida dentro los quince (15) dias habiles siguientes al plazo establecido en el literal e) del articulo 13º de la Ley de Partidos Politicos; En uso de las facultades concedidas por el articulo 5º inciso g) de la Ley Organica de la ONPE, Ley Nº 26487 y el articulo 9º incisos q) y x) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; Con el visado de la Secretaria General, de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.Modificar el primer parrafo del articulo 10º del Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 060-2005-J/ONPE y modificatorias; conforme al siguiente texto: "Articulo 10°.- Resolucion que establece los partidos y alianzas con derecho al espacio no electoral Dentro de los quince (15) dias habiles siguientes al plazo de treinta (30) dias naturales a que se refiere el literal e) del articulo 13º de la Ley, mediante resolucion expedida por la Gerencia, se publica la relacion de partidos politicos y alianzas de partidos con derecho al espacio no electoral que rige hasta la proxima eleccion general. (...)" Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional: www.onpe.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Oficina Nacional de Procesos Electorales 656255-1

Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesiones de la Comision Evaluadora de fechas 3 y 24 de marzo del 2011, convocadas de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con matricula Nº N-4041 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 655830-1

Autorizan inscripcion de la empresa Swiss Re Europe S.A. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 6806-2011 MORDAZA, 10 de junio de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA Castaneda MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa SWISS RE EUROPE S.A. de Gran Ducado de Luxemburgo, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion I: De las Empresas de Reaseguros del Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de las Empresas de Reaseguros del Exterior; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluacion Interna de Expedientes Nº 0152010-RESS celebrada el 16 de diciembre de 2010, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 6407-2011 MORDAZA, 2 de junio de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas

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