Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2011 (25/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de junio de 2011

a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El Oficial subalterno comisionado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 6º.- El MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Petter, no podra solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido a la Institucion el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Comision en el Exterior. Articulo 7º.- El Oficial subalterno comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno del pais. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

dispuesto en el mismo articulo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010 DE, del 20 de noviembre del 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de MORDAZA del 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; Que el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su Articulo 1º inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irroguen gastos al Estado, de personal militar y civil, seran aprobadas por Resolucion Suprema; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, asi como el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 que lo reglamenta; Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en mision de estudios al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43419924 y CIP Nº 122472700, para que participe como alumno en el curso Basico de Explosivos y NBQ para Oficiales Extranjeros del Ejercito de Colombia, en el periodo comprendido del 2 de MORDAZA al 26 de octubre del 2011. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Bogota - MORDAZA (Clase Economica): US$ 1031.00 x 1 persona. (Incluye TUUA) Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara el pago de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la mision por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, de conformidad a lo normado en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El Oficial subalterno comisionado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 6º.- El MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no podra solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido a la Institucion el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Comision en el Exterior. Articulo 7º.- El Oficial subalterno comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno del pais. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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Autorizan viaje de oficial del Ejercito para que participe como alumno en el curso Basico de Explosivos y NBQ para Oficiales Extranjeros del Ejercito de Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 266-2011-DE/
MORDAZA, 24 de junio de 2011 VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 028/U-4.d.2, del 23 de marzo del 2011, del Comando de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del Visto, el Ejercito del Peru ha considerado dentro de sus prioridades para el presente Ano Fiscal 2011, designar al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe como alumno en el Curso Basico de Explosivos y NBQ para Oficiales Extranjeros del Ejercito de Colombia, en el periodo comprendido del 2 de MORDAZA al 26 de octubre del 2011, por cuanto las experiencias a adquirirse permitiran generar nuevos conocimientos, tecnicas y metodos factibles de ser insertados en nuestra doctrina y aplicadas en nuestros centros de instruccion y entrenamiento; Que, el precitado viaje en Mision de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 1.- Formacion / Calificacion / Especializacion, Item Nº 18, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el ano 2011, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de enero del 2011; Que, de conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por Ley Nº 29598, el Oficial nombrado en comision de servicios o mision de estudios por cuenta del Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo mas el tiempo compensatorio

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