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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de junio de 2011 445311 AGRICULTURA Otorgan la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” a diversas personas naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0241-2011-AG Lima, 23 de junio de 2011 VISTO: La propuesta del Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria, para otorgar la condecoración de la “Medalla de Ministerio de Agricultura” a 12 productores agrarios; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG, de fecha 06 de octubre de 2009, se creó la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a ser conferido por el Ministerio de Agricultura a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución a la actividad del Sector Agrario, o por su desempeño en la gestión pública sectorial; Que, la conservación de nuestra diversidad genética es una herramienta importante para la mitigación del cambio climático, para la seguridad alimentaria del país y la generación de empleo e ingresos de nuestra población; Que, en ese sentido el Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria, ha propuesto otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a 12 productores agrarios, en reconocimiento a su labor y constancia en el campo, al haber mantenido y conservado la agro biodiversidad genética en la crianza y en el cultivo de productos tradicionales en sus respectivas regiones; Que, por sus acciones destacadas y su importante contribución a la vida del país y especialmente al desarrollo de las actividades vinculadas al Sector Agrario, corresponde otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a los señores: Camilo Aycanoa, Eusebio Huaman, María Jere, Héctor Flores, Sebastian Vilca, Cesar Gutiérrez, Lirenza Cárdenas, Asunción Bautista, Salvador Sánchez, Dámaso Villanueva,Hugo Quito, Elías Quichca; Que, por otra parte es necesario que estos productores agrarios puedan intercambiar sus experiencias con especialistas de las estaciones experimentales del INIA, a efecto de poder potenciar sus labores agrarias; En uso de las facultades otorgadas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución a los señores: Nombre Cultivo Departamento Pasantía Camilo Aycanoa Papas nativas Huancavelica INIA Junín-CIP Eusebio Huaman Maíz Cusco INIA-Andenes María Jere Tuna Ayacucho INIA- Canaán Héctor Flores Arracacha Cajamarca INIA-B. del Inca Sebastian Vilca Quinua Puno INIA-Illpa Cesar Gutiérrez Maca Junín Lima – Empresas Lirenza Cárdenas Camu Camu Ucayali Lima – Empresas Asunción Bautista Frijoles Amazonas INIA-B. del Inca Salvador Sánchez AjíesLa La Libertad Trujillo – Empresas Dámaso Villanueva Chirimoya Lima Lima Agroindustrias Hugo Quito Aguaymanto Ancash Lima Agroindustrias Elías Quichca Crianza de Alpacas Ayacucho Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLASANTE A. Ministro de Agricultura 658080-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN GENERAL Nº 022-2011-AG-DGFFS Mediante Ofi cio Nº 1007-2011-AG-SEGMA el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Dirección General Nº 022-2011-AG-DGFFS publicada en la edición del 22 de junio de 2011. DICE: Artículo 1º.- Aprobar el redimensionamiento del área de la concesión para conservación otorgada a la empresa HERPIRO S.A.C mediante Resolución de Dirección General Nº 095-2010-AG-DGFFS, de 15 416.80 (quince mil cuatrocientos dieciséis hectáreas y ochocientos metros cuadrados) a un total de 9 618.90 ha (nueve mil seiscientos dieciocho hectáreas y novecientos metros cuadraros). DEBE DECIR: Artículo 1º.- Aprobar el redimensionamiento del área de la concesión para conservación otorgada a la empresa HERPIRO S.A.C mediante Resolución de Dirección General Nº 022-2011-AG-DGFFS, de 15 416.80 (quince mil cuatrocientos dieciséis hectáreas y ocho mil metros cuadrados) a un total de 9 618.90 ha (nueve mil seiscientos dieciocho hectáreas y nueve mil metros cuadrados). 657180-1 AMBIENTE Amplían plazo otorgado a Comisión encargada de formular la propuesta de ordenación territorial para la categorización definitiva de la Zona Reservada “Lomas de Ancón” para que cumpla con presentar estudio técnico RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2011-MINAM Lima, 24 de junio de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 284-2011-SERNANP-J con registro N° 0013973-2011 del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 189-2010- MINAM, se declara como Zona Reservada “Lomas de Ancón” la superfi cie de diez mil novecientos sesenta y dos hectáreas con mil cuatrocientos metros cuadrados (10 962,14 ha), ubicada en la provincia de Lima, departamento de Lima; Que, de acuerdo a los artículos 4° y 5° de la mencionada Resolución Ministerial, se dispone que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP en coordinación con las autoridades competentes, tendrá a su cargo la implementación del proceso de categorización defi nitiva de la Zona Reservada “Lomas de Ancón”, para ello se crea una Comisión encargada de la formulación de la propuesta de ordenación territorial, la cual tendría un plazo máximo de seis (06) meses contados a partir de la instalación de la misma para la presentación de dicha propuesta; Que, mediante documentos de visto, y sobre la base de las Actas de Reunión II, III y IV de la citada Comisión y el Informe N° 098-2011-SERNANP-DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico del SERNANP, se concluye que es necesario ampliar por seis (6) meses adicionales el plazo otorgado por Resolución Ministerial N° 189-2010-MINAM para la presentación del estudio técnico de la propuesta de ordenación territorial para la categorización defi nitiva de la Zona Reservada “Lomas de Ancón”; Que, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 Ley de Creación, Organización