Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2011 (25/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de junio de 2011

y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar el plazo establecido en el articulo 5° de la Resolucion Ministerial N° 1892010-MINAM, en seis (6) meses adicionales, a fin que la Comision encargada de formular la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon" cumpla con presentar el estudio tecnico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

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Disponen publicacion de las propuestas de "Criterios y Mecanismos para la Formulacion, Implementacion y Seguimiento de la Evaluacion Ambiental Estrategica (EAE)" y de "Disposiciones para la concordancia entre el Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP)" en el MORDAZA web del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 138-2011-MINAM
MORDAZA, 24 de junio de 2011 Visto, el Memorando N° 320-2011-DGPNIGA/VMG/ MINAM de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental; CONSIDERANDO Que, el articulo 24º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, senala que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, asi como las politicas, planes y programas publicos susceptibles de causar impactos ambientales de caracter significativo, esta sujeta de acuerdo a Ley, al Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA), el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional, el Ministerio del Ambiente; Que, mediante Ley N° 27446, modificada por el Decreto Legislativo N° 1078, se crea el Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental (SEIA) como un sistema unico y coordinado de identificacion, prevencion, supervision, control y correccion anticipada de impactos ambientales negativos derivadas de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversion y regula la debida aplicacion de los criterios, instrumentos y procedimientos de la evaluacion del impacto ambiental, asi como el aseguramiento de la participacion ciudadana en sus procesos; Que, el literal f) del articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece entre las funciones especificas de esta entidad, dirigir el Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA); Que, el numeral 4.3 del articulo 4° de la Ley Nº 27446, dispone que corresponde al sector proponente aplicar una Evaluacion Ambiental Estrategica ­ EAE, en el caso de propuestas de Politicas, Planes o Programas de desarrollo sectorial, regional y local susceptibles de originar implicaciones ambientales significativas. Dicha EAE MORDAZA lugar a la emision de un Informe Ambiental por el MINAM que orientara la adecuada toma de decisiones que prevenga danos al ambiente; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental

(SEIA); el mismo que en el literal f) de su articulo 7º indica como funcion del Ministerio del Ambiente, aprobar las normas, guias, directivas, y otros dispositivos legales y tecnicos para orientar el funcionamiento del SEIA; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del precitado Reglamento, establece que para los proyectos de inversion incursos en el Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), el Ministerio del Ambiente ­ MINAM, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas - MEF, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) dias habiles contados a partir del dia siguiente de su publicacion, aprobara las disposiciones normativas para regular su manejo en concordancia con el citado Sistema; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, precisa que sin perjuicio de las normas reglamentarias que pueda emitir el Ministerio del Ambiente, este esta facultado para aprobar, mediante Resolucion Ministerial, disposiciones normativas y tecnicas complementarias para definir criterios y mecanismos generales a tener en cuenta por todo proponente, para la formulacion de politicas, planes y programas, de nivel nacional, regional o local, con incidencia sobre el ambiente; para incluir politicas, planes y programas de nivel nacional, regional o local, distintas de las senaladas en el articulo 62° del Reglamento que estaran sujetas a la Evaluacion Ambiental Estrategica (EAE); y, para implementar y hacer seguimiento al MORDAZA de EAE; Que, en este contexto, el Ministerio del Ambiente a traves de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental ha elaborado las propuestas de "Criterios y Mecanismos para la Formulacion, Implementacion y Seguimiento de la Evaluacion Ambiental Estrategica (EAE)" y de "Disposiciones para la concordancia entre el Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP)", las cuales requieren ser sometidas a consulta publica previa a su aprobacion, con la finalidad de obtener las opiniones y/o sugerencias de los interesados, conforme lo establece el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General, de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM que aprueba el Reglamento sobre Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion de las propuestas de "Criterios y Mecanismos para la Formulacion, Implementacion y Seguimiento de la Evaluacion Ambiental Estrategica (EAE)" y de "Disposiciones para la concordancia entre el Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP)", que forman parte integrante de la presente Resolucion. Dicha publicacion se realizara en el MORDAZA web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe) con el fin de recibir las opiniones y sugerencias de la ciudadania en general, por un plazo de diez (10) dias utiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- Las opiniones y sugerencias sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1° de la presente Resolucion, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N° 1440 San MORDAZA y/o a la direccion electronica: seia@minam.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

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