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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (25/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de junio de 2011 445319 conservación, puesta en valor, registro, protección, preservación y tutela patrimonial del Sitio Arqueológico Caral y de los sitios arqueológicos ubicados en el Valle de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima. Que, el artículo 2 de la mencionada Ley le da al Proyecto Especial Arqueológico Caral-Supe plena autonomía de gestión científi ca, administrativa y fi nanciera, adscrito al Instituto Nacional de Cultura. Asimismo, el artículo 4 de la misma Ley autoriza al Proyecto Especial Arqueológico Caral-Supe a gestionar apoyo nacional e internacional de entidades públicas y/o privadas, para el mejor cumplimiento de la citada ley. Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 045-2011-MC se delegan facultades a los jefes de la Unidades Ejecutoras 002: MC-Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 004: MC-Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, 005: MC-Naylamp Lambayeque, 006: MC-Complejo Arqueológico Chan Chan y 007: MC- Marcahuamachuco. Que, las facultades delegadas a la jefa de la Unidad Ejecutora 003: Zona Arqueológica Caral mediante la Resolución Ministerial Nº 045-2011-MC no permiten el cumplimiento cabal de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 28690 mencionada, debido a que no contemplan la necesidad de suscribir convenios, contratos y/o acuerdos que permitan el desarrollo de la investigación, conservación y puesta en valor de los sitios arqueológicos del valle de Supe y su área de infl uencia. SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar a la jefa de la Unidad Ejecutora 003: Zona Arqueológica Caral las siguientes facultades adicionales: A) Suscribir Convenios de Gestión, de Cooperación Científi co-Técnica Internacional y de Cooperación Interinstitucional, u otros instrumentos de igual naturaleza, así como sus respectivas adendas, en relación con la investigación, conservación y la puesta en valor del patrimonio cultural de Supe y su área de infl uencia. B) Suscribir los convenios, contratos y/o acuerdos que resulten pertinentes con la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) y otras entidades similares (Superintendencia de Bienes Nacionales, Superintendencia Nacional de Registros Públicos, etc.) para realizar el diagnóstico y saneamiento físico y legal de los bienes inmuebles que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación, ubicados en el valle de Supe y su área de infl uencia, en el marco del Decreto Supremo Nº 006-2004-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 657235-2 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército para participar como alumno en el curso de Tirador de Alta Precisión para Oficiales Extranjeros del Ejército de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2011-DE/ Lima, 24 de junio de 2011 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 028/U-4.d.2, del 23 de marzo del 2011, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del Visto, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el presente Año Fiscal 2011, designar al Teniente EP ZULUETA PADILLA Jackson Petter, para que participe como alumno en el Curso Tirador de Alta Precisión para Ofi ciales Extranjeros del Ejército de Colombia, en el período comprendido del 2 de julio al 14 de setiembre del 2011, por cuanto las experiencias a adquirirse permitirán generar nuevos conocimientos, técnicas y métodos factibles de ser insertados en nuestra doctrina y aplicadas en nuestros centros de instrucción y entrenamiento; Que, el precitado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 1.- Formación / Califi cación / Especialización, Ítem Nº 16, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el año 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010 DE, del 20 de noviembre del 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su Artículo 1º inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irroguen gastos al Estado, de personal militar y civil, serán aprobadas por Resolución Suprema; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, así como el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 que lo reglamenta; Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en misión de estudios al Teniente EP ZULUETA PADILLA Jackson Petter, identifi cado con DNI Nº 41295600 y CIP Nº 122556100, para que participe como alumno en el curso de Tirador de Alta Precisión para Ofi ciales Extranjeros del Ejército de Colombia, en el período comprendido del 2 de julio al 14 de setiembre del 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Bogotá - Lima (Clase Económica) US$ 1031.00 x 01 persona. (Incluye TUUA) Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión por días reales y efectivos de servicios en el exterior, de conformidad a lo normado en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización