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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de junio de 2011 445650 MATERIA: Convocatoria a Elecciones de los miembros del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones para el período 2011-2013. VISTOS: La Resolución de Consejo Directivo Nº 087-2011-CD/ OSIPTEL que aprobó la conformación del Consejo de Usuarios del OSIPTEL y designó el Comité Electoral para el proceso de elección de sus miembros para el período 2011-2013. El Informe Nº 001-CE/2011 del Comité Electoral de fecha 27 de junio de 2011; y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2005- PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de junio de 2005, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27332, mediante el cual se establece que corresponde a los Organismos Reguladores determinar el número de Consejos de Usuarios y el de sus miembros, así como convocar al proceso de elección de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de enero de 2007, se modifi ca el Reglamento de la Ley Nº 27332, precisando aspectos referidos a la conformación del Consejo de Usuarios, la duración de su mandato y al proceso de elección; Que, en los artículos 15º al 27º del Reglamento de la Ley Nº 27332, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-PCM, se han establecido las normas aplicables para el proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuarios de los Organismos Reguladores; Que, de conformidad con el artículo 1º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 087-2011- CD/OSIPTEL del 27 de junio de 2011, se aprobó la conformación del Consejo de Usuarios del OSIPTEL, para el período 2011-2013; Que, conforme a lo establecido en el artículo 20º del Reglamento de la Ley Nº 27332, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-PCM, el Presidente del Consejo Directivo tiene a su cargo la convocatoria a elecciones de los miembros del Consejo de Usuarios; En aplicación de las funciones previstas en el inciso k) del Artículo 86º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM y del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocatoria Disponer la convocatoria al Proceso de Elección de los siete (07) miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL, para el período 2011-2013, en cumplimiento de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2007-PCM; y la Resolución de Consejo Directivo Nº 087-2011-CD/OSIPTEL. Artículo Segundo.- Propuesta de Candidatos Podrán presentar candidatos al proceso de Elección las siguientes organizaciones: (i) Las Asociaciones de Consumidores y/o Usuarios que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el Registro Público respectivo. (ii) Los Colegios Profesionales cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones. (iii) Las Universidades Públicas y Privadas que cuenten con Facultades relacionadas con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones. (iv) Las Organizaciones sin fi nes de lucro vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones y, (v) Las Organizaciones del sector empresarial no vinculadas a las entidades prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones. Las Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones citadas en los numerales (ii) al (v) deben estar debidamente constituidas, y de ser el caso, inscritas en el Registro Público respectivo. Todas las organizaciones a las que se refi ere el presente artículo deben cumplir con los demás requisitos señalados en la Ley Nº 27332, su Reglamento y las disposiciones que se establezcan para el Proceso de Elección. Cada organización puede presentar sólo un candidato. Artículo Tercero.- Requisitos del candidato Los candidatos elegibles son aquellas personas naturales que: 1. Hayan sido debidamente designadas por los órganos competentes de las citadas organizaciones. 2. Su candidatura haya sido presentada oportunamente ante este Organismo. 3. Cuenten como mínimo con educación superior. No serán elegibles como candidatos aquellos representantes de organizaciones que hayan sido designados como miembros del Consejo de Usuarios durante dos períodos o mandatos anteriores consecutivos. Artículo Cuarto.- Electores El derecho de voto será ejercido sólo por el representante legal de cada organización. A cada organización le corresponde emitir un voto. Artículo Quinto.- Lugar y fecha de las elecciones Las elecciones se llevarán a cabo a las 10:00 horas del día 25 de agosto de 2011, en la sede institucional del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, OSIPTEL, ubicado en Calle de la Prosa Nº 136, distrito de San Borja, departamento de Lima. El Reglamento Electoral establecerá el procedimiento del proceso electoral y podrá determinar centros de votación adicionales. Artículo Sexto.- Cronograma del proceso de elección Se aprueba el siguiente cronograma del proceso de elección, el cual será publicado en la página web institucional del OSIPTEL. Etapa Plazos Inscripción en el Padrón Electoral – Fecha límite 22.07.2011 Publicación de candidatos 25.07.2011 Elección, escrutinio y proclamación 25.08.2011 Entrega de credenciales y toma de juramento 02.09.2011 Fecha máxima de difusión de resultados y publicación 07.09.2011 Artículo Sétimo.- Notifi cación Encargar a la Gerencia de Comunicación Corporativa la notifi cación de la presente convocatoria. Artículo Octavo.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA LINARES BARRANTES Presidente del Consejo Directivo (e) 658961-1