Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (30/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de junio de 2011 445659 suministro Nº 0050297, además indica que en dicha zona existen redes del Sistema de Distribución Primaria, Secundaria e instalación de Alumbrado Público (fs. 65 al 67); asimismo, con Carta Nº 1131-2011-EC-B-PAS, de fecha 05 de mayo de 2011, otorgada por la empresa SEDAPAL, comunica que ha aprobado la factibilidad del servicio de agua potable y alcantarillado inmueble, los cuales se encuentran vigentes y operativos a través del Suministro Nº 3077292-5; además, con Carta Nº 898- 2011/EEC-AR, de fecha 29 de abril de 2011, otorgada por la empresa SEDAPAL, comunica que el inmueble cuenta con la Conformidad Técnica para la Calidad de los Desagües (fs. 68 al 73); Que, a través del Informe Nº 164-2011-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 03 de junio de 2011 (fs. 230 al 233), la División de Control de Obras de esta Subgerencia señala, que de la evaluación efectuada ha verifi cado que la presente Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único con Recepción de Obras, en virtud a ello, la empresa se encuentra afecto al défi cit de aportes reglamentarios para Parques Zonales de 174.77 m², para Renovación Urbana de 104.86 m² y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) del área de 69.91m², aceptando la redención en dinero de los mismos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML; sin embargo, no están obligados a efectuar la cancelación de los citados défi cit de aportes, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 1492-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 03 de enero de 2011; asimismo, en la inspección ocular realizada por personal técnico de esta División, se verifi có que el predio conforma un Lote Único en el cual hay construcciones de material noble. Con relación a las secciones de las vías de veredas, bermas y pavimentación de la Av. Argentina, se encuentran ejecutadas; además cuenta con servicios de agua, desagüe y energía eléctrica; en consecuencia el presente trámite administrativo se encuentra técnicamente conforme al haberse verifi cado el cumplimiento de los planes urbanos contenidos en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, Nº 341-MML, Nº 1032-MML, Nº 836-MML y Nº 1492-MML, para el terreno de 3,495.33 m², califi cado con zonifi cación Industria Liviana-I2, ubicado con frente a la Av. Argentina Nº 756-772-778-782, jurisdicción del Cercado, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 116-2011-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 10 de junio de 2011 (fs.234 al 236), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que de la revisión de autos se verifi ca que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, se encuentra inscrito en el Tomo 332, Foja 447 que continua en la Partida Electrónica Nº 07025865 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Zona Registral Nº IX (fs. 13 al 60), correspondiente al área comprendida de 3,495.33 m²; de igual manera la administrada ha acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, conforme consta en la Partida Electrónica Nº 12459108 (fs. 61al 63), en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; corresponde a esta Subgerencia, en arreglo a sus facultades y al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 29090, su modifi catoria Nº 29476, Nº 27444, los Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA, Nº 003-2010-VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones-RNE y las Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, Nº 341-MML, Nº 1032-MML, Nº 836- MML y Nº 1492-MML, emitir la Resolución aprobando la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único con Recepción de Obras, del terreno de 3,495.33 m², califi cado con zonifi cación Industria Liviana- I2, ubicado con frente a la Av. Argentina Nº 756-772-778- 782, jurisdicción del Cercado, Provincia y Departamento de Lima; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De, conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 27444, Nº 29090, Nº 29476, Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA y Nº 003-2010-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edifi caciones–RNE, Ordenanzas Metropolitanas Nº 893- MML, Nº 341-MML, Nº 1032-MML, Nº 836-MML y Nº 1492-MML; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, para Uso de Industria Liviana – I2, desarrollada sobre el terreno de 3,495.33 m², ubicado con frente a la Av. Argentina Nº 756-772-778-782, jurisdicción del Cercado, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado Nº 012-2011-MML-GDU-SPHU y su Memoria Descriptiva. Artículo 2º.- DECLARAR cumplida por la empresa PROMOTORA AVATAR SAC., la ejecución de las obras de Habilitación Urbana, del terreno de 3,495.33 m², cuya Regularización se aprueba en el Artículo 1º; conforme al plano sellado y fi rmado, siendo el Cuadro General de Áreas de la Habilitación Urbana que se recepciona, como se detalla: CUADRO DE ÁREAS Área Bruta del terreno 3,495.33 m² Área de Vía Metropolitana 0.00 m² Área de Servidumbre 48.00 m² Área Útil 3,447.33 m² Aportes Reglamentarios: El Cuadro de aportes aprobado es como se detalla a continuación: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS APORTES (Área = 3,495.33 m²) ORD. Nº 836-MML PROYECTO (m²) DÉFICIT (m²) I2 m² Parques Zonales 5 % 174.77 ---------- 174.77 Renovación Urbana 3 % 104.86 ---------- 104.86 Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) 2% 69.91 ---------- 69.91 Nota.- Los défi cit de los aportes reglamentarios para Parques Zonales, Renovación Urbana y Servicios Públicos Complementarios) Municipalidad Distrital) serán redimidos en dinero; en aplicación a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML; sin embargo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 1492-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 03 de enero de 2011, no están obligados a efectuar la cancelación de los mismos. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa PROMOTORA AVATAR SAC., debidamente representada por el señor David Federico Vargas Joly, en su calidad de Apoderado, conforme a Ley. Artículo 4º.- OFICIAR la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX, SERPAR LIMA, EMILIMA S.A., al Instituto Metropolitano de Planifi cación - IMP, a la Sub Gerencia de Autorizaciones Urbanas y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras, de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 5º.- PONER EN CONOCIMIENTO, la presente Resolución a la Gerencia de Fiscalización y Control para los fi nes pertinentes. Artículo 6º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATILDE HINOSTROZA MORALES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 658609-1