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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (30/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de junio de 2011 445663 de veredas, limpieza de mobiliario urbano, entre otras actividades; en procura del ornato público. b) Recolección de residuos sólidos.- El servicio comprende la organización, gestión y ejecución del servicio de recojo de residuos sólidos, desmonte y escombros, la transferencia y transporte, así como su disposición fi nal en los rellenos sanitarios autorizados, con el fi n de mantener una adecuada condición de salud de la población. c) Mantenimiento de parques y jardines públicos.- El servicio comprende la organización, gestión y ejecución del servicio de conservación y mantenimiento de las áreas verdes de parques y jardines públicos, así como la implementación de nuevas áreas verdes en el distrito. d) Seguridad ciudadana o serenazgo.- El servicio comprende la organización, gestión y ejecución del servicio de vigilancia urbana diurna y nocturna, con fi nes de prevención y control de actos que afectan la seguridad ciudadana. Artículo 24º.- Justifi cación de incrementos en los costos de los servicios De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 del TUO de la Ley de Tributación Municipal, las municipalidades deberán justifi car los incrementos que pudieran presentar los costos de cada uno de los servicios, en comparación con los establecidos en el ejercicio anterior, tanto desde un punto de vista cuantitativo como cualitativo. La municipalidad cumple con justifi car sus costos desde un punto de vista cuantitativo, mediante un cuadro comparativo entre la estructura de costos de un servicio con aquella que hubiera sido aprobada en el año anterior; dando cuenta con ello de las principales variaciones a nivel de componente que se hubieren registrado de un año a otro. La justifi cación desde el punto de vista cualitativo conlleva sustentar el incremento registrado vinculándolo con la mayor prestación de servicio o la intensifi cación del mismo, según corresponda. La justifi cación de los incrementos, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo, forma parte del Informe Técnico Financiero de Costos, conforme lo dispuesto en el inciso d) del artículo 31 de la presente Directiva. Sub Capítulo III.1: Cuantifi cación de los arbitrios municipales Artículo 25º.- Fases para la determinación del costo del arbitrio La determinación de los costos de los arbitrios municipales es un proceso que implica las fases siguientes: • Fase I : Elaboración del Plan Anual de prestación del servicio • Fase II : Identifi cación y cuantifi cación de los recursos del servicio • Fase III : Elaboración del Informe Técnico Financiero de Costos Artículo 26º.- Plan Anual de Servicio El Plan Anual de Servicio es el documento técnico a través del cual se establecen las actividades y recursos que requiere una municipalidad con la fi nalidad de lograr las metas de prestación del servicio público que proyecta alcanzar en el ejercicio fi scal siguiente. Artículo 27º.- Importancia del Plan Anual de Servicio El Plan Anual de Servicio constituye el documento base para la elaboración de la estructura de costos respectiva, así como la formulación de la justifi cación de incrementos en los costos, de ser el caso. La municipalidad respectiva deberá presentar el Plan Anual de Servicio como documento de sustento de su solicitud de ratifi cación de la Ordenanza que apruebe las tasas por la prestación de los servicios públicos o arbitrios municipales en su circunscripción. Artículo 28º.- Elaboración del Plan Anual de Servicio Para efectos de la elaboración del contenido del Plan Anual, la municipalidad respectiva requiere conocer, entre otros aspectos, la información siguiente: a) Alcances del plan anual del servicio público que se viene ejecutando en la actualidad: la información emitida por las gerencias prestadoras de los servicios de las actividades programadas / ejecutadas, los recursos humanos, materiales y servicios vinculados con las metas que se previeron alcanzar y la verifi cación del nivel real de cumplimiento de las metas previstas. b) Las expectativas de mejora en la prestación del servicio en el ejercicio siguiente. Dicha información es el resultado de las acciones de evaluación del mecanismo de prestación actual del servicio a efectos de proyectar las metas que la Municipalidad espera alcanzar en el ejercicio siguiente en función a los recursos con que podrá disponer de acuerdo a su presupuesto institucional. Artículo 29º.- Contenido del Plan Anual de Servicio El Plan Anual de Servicio debe contener como mínimo la siguiente información: • Las actividades y labores que involucran la prestación de cada servicio público, conforme el detalle y la información proporcionada por la gerencia o unidad orgánica encargada de la prestación de dicho servicio. • El requerimiento de personal, equipos, herramientas, insumos, entre otros, que debe ser cubierto para la prestación de cada servicio. En este caso, el Plan debe efectuar una discriminación de los recursos con que se cuenta en la actualidad, respecto de aquellos que requiere contratar y/o adquirir en el año siguiente, de ser el caso. • La unidad de medida utilizada en la determinación del costo, puesto que el mismo permitirá evaluar y validar la racionalidad de las cantidades consideradas para cada concepto. • La frecuencia o intensidad con que se brindará el servicio a efectos de atender la demanda ciudadana. • Las metas anuales que se proyectan alcanzar en función a los recursos previstos en la gestión del servicio. Artículo 30º.- Identifi cación y cuantifi cación de los recursos del servicio Esta fase implica la identifi cación y cuantifi cación del Plan de Anual de Servicio previamente elaborado. Para efectos de la cuantifi cación del Plan, la municipalidad respectiva deberá contar, entre otros, con los informes expedidos por sus gerencias o unidades orgánicas en las materias siguientes: Materia Gerencia o unidad orgánica responsable Contenido del informe a) En materia de personal Gerencia de R e c u r s o s Humanos o la ofi cina o unidad que haga sus veces Información detallada del personal involucrado en la prestación del servicio, en la que se consigne como mínimo la siguiente información: nombre de la persona, cargo que desempeña, modalidad de contratación a la que esta sujeta, detalle de su remuneración / honorario. b) En materia de adquisición de bienes depreciables Gerencia de Administración o la ofi cina o unidad que haga sus veces Información de cada equipo, maquinaria o vehículo referida a: año de adquisición, valor de adquisición, documento de adquisición, datos de identifi cación del vehículo o maquinaria, en caso corresponda. En el caso de equipos, maquinarias o vehículos que se prevean adquirir en el ejercicio siguiente, se deberá presentar la información que sustente el valor estimado, considerando los mecanismos de determinación del valor referencial establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1017, así como su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones, de ser el caso.