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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de junio de 2011 445665 Artículo Segundo.- Apruébese la modifi cación del segundo párrafo del Artículo 74º de la Ordenanza Nº 571- MML por el texto siguiente: (...) DEBE DECIR: (...) Artículo Segundo.- Apruébese la modifi cación del inciso d.1 del literal d) del artículo 83º de la Ordenanza Nº 571-MML por el texto siguiente: (...) 659192-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA Nº 273-MDA Ate, 30 de mayo de 2011 POR CUANTO: EL Concejo Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Mayo de 2011 y visto el Dictamen Nº 006-2011-MDA/CP y ADM de la Comisión de Planifi cación y Administración; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, precisa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 26º de la Ley Nº 27972, la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior. Asimismo, las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y en la citada ley; Que, el artículo 9º, numeral 3) de la norma acotada, indica que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, en ese orden, atendiendo que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional, cuya elaboración debe de realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y fl exibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos, se emitió el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 34º del Decreto Supremo referido, establece que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 178-MDA de fecha 29 de febrero de 2008 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones –ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate; el mismo que fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 2 de Marzo del 2008; Que, en el proyecto propuesto por la Ofi cina General de Planifi cación, Ofi cina de Racionalización y Estadística y Ofi cina de Presupuesto, se han considerado los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la Corporación con mayor efi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afi nes, la eliminación de posibles confl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, Numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo 1º.- APROBAR; la Estructura Orgánica, y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, que consta de Ocho (08) Títulos, Dieciocho (18) Capítulos, ciento cuarenta y ocho (148) Artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Final, una (01) Disposición Transitoria, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DISPONER; la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal como son: Presupuesto Institucional de Apertura – PIA; Cuadro de Asignación de Personal – CAP; Presupuesto Analítico de Personal – PAP; Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas - REMASA; Manual de Organización y Funciones – MOF, y otros instrumentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente norma municipal. Artículo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de Ate, a la nueva Estructura Orgánica, aprobada con la presente Ordenanza. Artículo 4º.- DISPONER; que durante el proceso de adecuación e implementación de las Unidades Orgánicas de la Corporación Municipal a la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización de Funciones - (ROF), todos los procedimientos y tramites señalados en los Instrumentos de Gestión serán resueltos por las Unidades Orgánicas implementadas o las que hagan sus veces, conforme lo establece el artículo 66º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 5º.- DISPONER; la derogación de las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza en materia de Organización, Funciones y Competencias. Artículo 6º.- ENCARGAR; a Secretaría General, la publicación del dispositivo que se aprueba, en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Secretaría de Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional de la entidad la norma y el texto integro (www.muniate.gob.pe), conforme a Ley. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR LO TANTO; Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde