Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2011 (04/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Este Patrimonio Cultural Inmaterial, transmitido de generacion en generacion, es recreado permanentemente por las comunidades y grupos en funcion de su medio, de su interaccion con la naturaleza y de su historia y les proporciona un sentimiento de identidad y de continuidad, contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y de la creatividad humana. CAPITULO II.- DE LAS MANIFESTACIONES Manifestaciones lnmaterial del Patrimonio Cultural

expresiones, del mismo modo que las actividades en donde estas se actualizan o representan, sin llegar a ser Patrimonio Cultural de la Nacion, pueden ser declaradas como: - "De interes cultural": actividad de caracter festivo y/o conmemorativo; por la Direccion de Fomento de las Artes. - "Producto tradicional": producto resultado de oficios tradicionales; por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo. - "Especialidad culinaria tradicional": manifestacion culinaria; por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo. De los Reconocimientos y Distinciones Articulo 11°.- El Ministerio de Cultura, mediante Resolucion Ministerial, reconoce a personas naturales o juridicas que hayan contribuido y contribuyan a la creacion, investigacion, transmision, conservacion, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, previo estudio en cada caso particular, con alguna de las distinciones siguientes: - Personalidad meritoria de la Cultura (aplicable tambien para personas juridicas), en el MORDAZA de la investigacion, transmision, conservacion, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, asi como la creacion academica e intelectual. - Repositorio vivo de la memoria colectiva, a concederse a personas o colectividades que son testimonio singular de una expresion linguistica historica, artistica, tecnologica, segun los casos. - Medalla de Honor de la Cultura Peruana (aplicable tambien para personas juridicas) en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa. CAPITULO II.- DEL REGISTRO Registro de bienes culturales inmateriales Articulo 12°.- El Ministerio de Cultura, a traves de su Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo, lleva el registro de los bienes culturales, en este caso, de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial declaradas. El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, una vez declarado el Patrimonio Cultural Inmaterial, remitira MORDAZA de la resolucion para que se proceda a su inscripcion en el registro respectivo. Articulo 13°.- De igual forma, se debera efectuar la inscripcion de las declaraciones y reconocimientos a los que se refieren los articulos 10º y 11º de la presente Directiva, respectivamente, en el registro correspondiente. TITULO IV DEL PROCEDIMIENTO PARA LAS DECLARATORIAS Y EL RECONOCIMIENTO Declaratorias y Reconocimientos por iniciativa de parte o de oficio Articulo 14°.- Las declaraciones y reconocimientos previstos en la presente Directiva se podran efectuar por iniciativa de personas naturales o juridicas, publicas o privadas, o de oficio. Contenido de las solicitudes Articulo 15°.- La solicitud de declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial debe ser sustentada en un expediente donde consten los siguientes documentos: a) Un estudio en el que se senalen las caracteristicas esenciales de la manifestacion o expresion, y que evidencie su importancia, valor, alcance, significado e impacto de la misma en la definicion de la identidad colectiva, local, regional, etnica, comunal y/o nacional. Asi, debe considerarse y demostrar: - Su valor historico y la evidencia de formar parte de una tradicion. - El valor simbolico o emblematico y su significado como simbolo de identidad cultural. - Su impacto en la MORDAZA cotidiana o en la calendarizacion

Articulo 5°.- Son manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial las siguientes: - Lenguas y tradiciones orales. - MORDAZA y celebraciones rituales. - Musica y danzas. - Expresiones artisticas plasticas: arte y artesanias. - Costumbres y normativas tradicionales. - Formas de organizacion y de autoridades tradicionales. - Practicas y tecnologias productivas. - Conocimientos, saberes y practicas como la medicina tradicional y la gastronomia. - Los espacios culturales de representacion o realizacion de practicas culturales. - Entre otras. Propiedad de los bienes inmateriales Articulo 6°.- Los bienes culturales inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, por su naturaleza, pertenecen a la Nacion; ninguna persona natural o juridica puede arrogarse la propiedad de algun bien cultural inmaterial, siendo nula toda declaracion en tal sentido, MORDAZA sido o no declarado por la autoridad competente. Las comunidades que mantienen y conservan bienes culturales inmateriales pertenecientes al Patrimonio Cultural Inmaterial, son poseedoras directas de dicho Patrimonio. TITULO III DECLARATORIAS, RECONOCIMIENTO Y REGISTRO CAPITULO I.RECONOCIMIENTO De la Declaratoria Articulo 7°.- El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, a solicitud de parte y previa evaluacion, declara como Patrimonio Cultural de la Nacion, las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial, de acuerdo a sus caracteristicas, importancia, valor, alcance, difusion y significado en la MORDAZA, en la representacion simbolica ligada a la identidad en el desarrollo humano, historico, social y cultural nacional, regional o local. Aspectos relevantes para la Declaratoria Articulo 8º.- Para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion se tendra en cuenta su importancia, valor, alcance, difusion y significado para el desarrollo humano, historico y cultural, como fuente de identidad de los pueblos y comunidades en el espacio nacional. De la Declaratoria de la obra de MORDAZA maestros, sabios y creadores Articulo 9°.- La obra de MORDAZA maestros, sabios y creadores en el MORDAZA de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial, que contribuyan al rescate, registro, estudio, difusion y salvaguarda de las mismas, puede ser declarada como Patrimonio Cultural de la Nacion, por el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. De otras Declaratorias Articulo 10°.- Por sus caracteristicas, cualidades, propiedades o atributos, determinadas manifestaciones y DECLARATORIAS Y

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