Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2011 (04/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES
1 : Recursos Ordinarios 148 625 144,00 ============ 148 625 144,00 ============ En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales 1: Recursos Ordinarios 148 625 144,00 ============ 148 625 144,00 ============

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

Actividad 1.046721: Transferencias para el Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1° y 3° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5°.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Locales y Empresas Publicas, senalados en los Anexos I y II del presente dispositivo, respectivamente, iniciaran en un plazo no mayor a quince (15) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion del proyecto a su cargo. Articulo 6°.- Informacion Los Pliegos y Empresas habilitadas, informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el articulo 15° de la Ley N° 29626. Articulo 7°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 609770-1

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los Pliegos habilitados en la Seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de Gobiernos Locales para la Ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Autoriza Transferencia Financiera Autorizase la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de CATORCE MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL CIENTO OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 505 108,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de las Empresas Publicas senaladas en el Anexo II "Transferencias Financieras del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de las Empresas Publicas para la Ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento", que forma parte del presente Decreto Supremo, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de los proyectos de inversion de saneamiento cuya relacion y montos se detallan en el citado Anexo II, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. La transferencia financiera autorizada por el presente Decreto Supremo se realizara con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la

Autorizan Credito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO Nº 036-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27329 - Ley que Declara de Necesidad Publica la Expropiacion de Inmuebles Adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", se declara de necesidad publica la expropiacion de inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" a fin de realizar obras de ampliacion y mejoramiento del citado aeropuerto; siendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ MTC, el sujeto activo de la expropiacion materia de dicha ley; Que, el 14 de febrero de 2001 se suscribio el Contrato de Concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" entre el MTC, en calidad de Concedente, y la empresa MORDAZA Airport Partners S.R.L., en calidad de Concesionario, estableciendose en el referido Contrato, la obligacion del Concedente de hacer entrega al Concesionario del area requerida para la ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"; Que, en el MORDAZA de lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 008-2005, se autorizo al MTC mediante Decreto Supremo Nº 137-2006-EF constituir un Fideicomiso con parte de los recursos provenientes de la retribucion aportada por el Concesionario del Aeropuerto

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