Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2011 (04/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre de la MORDAZA arqueologica monumental Cola de Zorro MORDAZA Islay Distrito Punta Bombon de Datum PSAD56 MORDAZA 19 UTM UTM Este Norte Datum WGS84 MORDAZA 19 UTM UTM Este Norte

Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 729/INC de fecha 12 de noviembre de 1999, se declaro patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, a la MORDAZA arqueologica Huaycan Alto o Rio Seco, ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 305/INC de fecha 27 de MORDAZA de 2004, se aprobo el plano perimetrico redelimitado de la MORDAZA arqueologica Quebrada Rio Seco o Huaycan Alto; Que, mediante Informe N° 442-2010-LCR-SDIC-DADREPHMC de fecha 17 de diciembre de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia recomienda modificar el Articulo 1° de la Resolucion Directoral Nacional N° 729/INC de fecha 12 de noviembre de 1999, en el extremo referido a la clasificacion del monumento arqueologico Rio Seco o Huaycan Alto, recomendando ademas que el expediente tecnico del mencionado monumento arqueologico prehispanico sea derivado a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su evaluacion y opinion correspondiente; Que, mediante Acuerdo N° 0282 de fecha 22 de diciembre de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Alta Direccion del Ministerio de Cultura lo siguiente: 1. Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 729/INC de fecha 12 de noviembre de 1999, en el extremo referido a la MORDAZA arqueologica Huaycan Alto o Rio Seco, debiendo decir sitio arqueologico Rio Seco o Huaycan Alto. 2. Aprobar el expediente tecnico del sitio arqueologico Rio Seco o Huaycan Alto, ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima. Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y;

235017 8089739 234794 8089373

Articulo 2°.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA la elaboracion del expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion al propietario, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 608921-1

Modifican R.D. N° 729/INC a fin de precisar clasificacion de MORDAZA arqueologica por la de sitio arqueologico Rio Seco o Huaycan Alto
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 214-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 28 de febrero de 2011

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