TEXTO PAGINA: 16
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de marzo de 2011 438376 ANEXO I Para la presentación de la información necesaria para elaborar las encuestas estadísticas mensuales minero- metálica, minero no-metálica y de producción metalúrgica, e indicadores de desempeño y de los cuadros estadísticos de Seguridad Minera, Anexos Nº 12, N° 13, Nº 13-A y N° 05, los titulares mineros deberán acceder vía Internet a la página web: http://extranet.minem.gob.pe, para lo cual necesitarán contar con un nombre de usuario y clave secreta (password), que en adelante servirán para todas las declaraciones vía extranet ante la Dirección General de Minería (DGM) del Ministerio de Energía y Minas, los cuales deberán obtenerse de una de las siguientes formas: 1. Acercarse a las ofi cinas de la DGM con su Documento Nacional de Identidad (DNI) y carta poder legalizada que acredite ser el representante legal del titular minero. El horario de atención para realizar este trámite, que no generará costo alguno para el titular, será de lunes a viernes de 8.30 a.m. a 4.30 p.m. 2. Registrarse en la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) de su región con su DNI y carta poder legalizada que acredite ser el representante legal del titular minero. En un lapso de tres (3) días útiles, el titular minero deberá acercarse nuevamente a la DREM, la cual brindará la información correspondiente. 3. El nombre de usuario y clave secreta (password), también serán válidos para el ingreso de la información en la página web de todas las declaraciones obligatorias del titular minero. Asimismo, el titular minero deberá tener presente que: 1. La DGM no recibirá formularios impresos. 2. La información antes mencionada sólo será válida si se remite dentro de la fecha del plazo de presentación. 609094-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Viceministra de la Mujer RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2011-MIMDES Lima, 3 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2010- MIMDES publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de noviembre de 2010, se designó a la señora NELLY CLEOFA QUINTEROS GARCÍA en el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma y se designe a la persona que se desempeñará como Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señora NELLY CLEOFA QUINTEROS GARCÍA al cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora ANA MARÍA ALEJANDRA MENDIETA TREFOGLI en el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 609770-9 PRODUCE Otorgan a Pesquera Hayduk S.A. autorización para la instalación de planta de congelado de productos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 064-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 3 de febrero del 2011 Visto: Los escritos con Registro N° 0005944-2011 y Adjunto 1 de fechas 19 y 27 de enero del 2011, presentados por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A.; y, CONSIDERANDO: Que el inciso b) del numeral 4 del artículo 43°, artículo 44° y artículo 46° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorización, la que constituye un derecho específi co que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, otorga a plazo determinado y, a nivel nacional; Que el artículo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. solicita autorización para la instalación de una planta de congelado de productos hidrobiológicos con una capacidad de 50 t/día y su almacenamiento de 600 t, para consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Caleta Cata Cata s/n, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, mediante Resolución Directoral N° 155- 2010-PRODUCE/DIGAAP de fecha 29 de diciembre del 2010, otorga a la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. la Certifi cación Ambiental aprobatoria al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de inversión denominado ”Instalación de planta de congelado con una capacidad proyectada de 50 t/día, en el interior de su establecimiento industrial de harina y aceite de pescado ubicado en la Caleta Cata Cata s/n, Distrito y Provincia de Ilo, departamento de Moquegua”; Que, en cumplimiento de la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE, la administrada ha cumplido con alcanzar el Protocolo Técnico para Autorización de Incremento de Capacidad Instalada N° PTI-003-10-CG- SANIPES del 20 de diciembre de 2010, expedido por el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, mediante el cual dicho Instituto declara haber examinado y evaluado la memoria descriptiva y los planos del proyecto de instalación de una planta de congelado de productos hidrobiológicos, con el resultado que muestran conformidad con los requerimientos de diseño establecidos en la norma sanitaria para actividades pesquera acuícolas; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye