Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2011 (04/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2011

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 729/INC de fecha 12 de noviembre de 1999, en el extremo referido a la clasificacion del monumento arqueologico Huaycan Alto o Rio Seco, siendo la correcta la de Sitio Arqueologico. Articulo 2°.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del siguiente sitio arqueologico de acuerdo a los planos, areas y perimetro que a continuacion se consignan:
N° de Nombre N° de Plano Plano en del sitio en Datum Datum arqueologico PSAD56 WGS84 PP-023PP-023INC_ INC_ Rio Seco o DREPH/ DREPH/DA/ Huaycan Alto DA/SDICSDIC-2009 2009 PSAD56 WGS84

Area (m2)

Area (ha)

Perimetro (m) Parcela A: 1090.02 Parcela B: 1381.67

Parcela Parcela A: A: 3.7051 370561.08 Parcela Parcela B: B: 106393.86 10.6393

Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el Articulo 1° y de los planos senalados en el Articulo 2° de la presente resolucion. Articulo 4°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico mencionado en la presente resolucion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion al propietario, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 608921-2

competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el articulo 15° de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que en el Ano Fiscal 2011, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; y en el caso que el proyecto de inversion publica sea ejecutado por empresas publicas, los recursos son transferidos financieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier fuente de financiamiento, previa suscripcion de convenio. Los recursos con cargo a Recursos Ordinarios que se transfieran a dichas empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Publico, conforme a lo que disponga la Direccion Nacional del Tesoro Publico, y no generan saldo de balance; Que, mediante el Memorandum Nº 133-2011/ VIVIENDA/VMCS/PAPT/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, emite opinion favorable y solicita se gestione el dispositivo de aprobacion de una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, de acuerdo a los informes tecnicos correspondientes, y la aprobacion de Transferencias Financieras a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento para la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, para lo que se han suscrito los Convenios y/o Adendas correspondientes; Que, mediante el Memorandum Nº 212-2011/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del MVCS, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2011 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, con la cual se financiara una transferencia de partidas a favor de diversos Pliegos de los Gobiernos Locales y transferencias financieras para Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas a dar continuidad a la ejecucion de 36 proyectos de inversion publica de saneamiento, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163 130 252,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 15° de la Ley Nº 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 148 625 144,00), para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas y Financieras del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para financiar proyectos de inversion del Programa Agua para Todos
DECRETO SUPREMO Nº 035-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4° de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como ejercer

: Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua Para Todos FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento MORDAZA ACTIVIDAD 046721 : Transferencia para el Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado

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