Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme alArticulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del T.U.O. del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 60 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que, los gobiernos locales no tienen limitacion alguna para exonerar, modificar o suprimir arbitrios que se encuentren bajo su administracion; Que, es politica de la actual administracion municipal incentivar el pago oportuno de los tributos que administra, siendo necesario adoptar medidas que beneficien a los contribuyentes que cumplen oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias en la Municipalidad de La Perla; y asimismo a contribuyentes que deben pagar con un descuento especial lo cual se precisa en la presente Ordenanza; Que mediante Oficio Nº 049-2011-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldia remite la documentacion a la Presidenta de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto para que emita el dictamen correspondiente; Que, la Presidenta de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto presenta como Mocion de Orden del Dia el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un regimen de Beneficios Tributarios para el ejercicio 2011, estando con las opiniones de la Gerencia de Administracion Tributaria mediante el Memorandum Nº 072-2011-GAT/MDLP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorandum Nº 035-2011-GPYP-MDLP, de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 107-2011-GAJ-MDLP y de la Gerencia Municipal mediante el Informe Nº 031 2011-GM-MDLP; Que, de conformidad con el articulo 34º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006- MDLP donde dice expresamente "que solo los proyectos que cuenten con Informes o Dictamenes de comisiones o hayan sido dispensados del

tramite de comisiones pasaran a la estacion de orden del dia para su discusion y votacion"; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto, pase a Orden del dia para su discusion y votacion; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Articulo 9º numeral 9º, Articulos 38º, 39º, y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los Senores (as) Regidores (as), con dispensa de lectura a aprobacion del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar un Beneficio Tributario a los contribuyentes que hayan declarado un predio con uso de MORDAZA ­ habitacion y otro con uso de comercio o servicios. Los cuales de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 004-2011-MDLP, deben pagar los arbitrios de mayor monto, condonandoseles los arbitrios de menor monto. Con la presente Ordenanza los contribuyentes que paguen los arbitrios de mayor monto, obtendran un descuento del 50% siempre y cuando paguen sus arbitrios dentro de la fecha de vencimiento que aparecen en su hoja de liquidacion de arbitrios - 2011. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que hayan declarado un solo predio dedicado exclusivamente a casa-habitacion, cuyo propietario sea pensionista y se encuentre exonerado al pago del Impuesto Predial, obtiene un descuento adicional del 25% sobre lo dispuesto en el articulo primero numeral uno de la Ordenanza Nº 0042011-MDLP. Articulo Tercero.- Los contribuyentes, a que se refieren los articulos primero y MORDAZA de la presente ordenanza, que hayan efectuado el pago de los arbitrios municipales 2011 MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, podran solicitar la compensacion de lo pagado en exceso por los arbitrios de barrido de calles, recojo de residuos solidos, parques y jardines y serenazgo. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 611986-1

PROYECTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Proyecto de Resolucion que aprueba formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de EMPSSAPAL S.A. y costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 010 -2011-SUNASS-CD MORDAZA, 7 de marzo de 2011 VISTO: El Informe Nº 009-2011-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario con la propuesta de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran aplicadas por la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anonima, en adelante EMPSSAPAL S.A.,en el proximo quinquenio; asi como la evaluacion de la propuesta de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran de aplicacion por EMPSSAPAL S.A. en el proximo quinquenio;

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