Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
CODIGO INFRACCION

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011 MEDIDA SANCION COMPLEMENUIT TARIA 200%

Articulo 11º.- Aplicacion de sanciones. Para la aplicacion de las sanciones se observara lo previsto en Ordenanza Nº 020-2008-MDLP del Reglamento de Aplicacion de Sanciones y en la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y su modificatoria aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1029. En caso de reincidencia o continuidad a las infracciones establecidas en la presente Ordenanza, se sancionara como medida complementaria se procedera a la clausura temporal del mismo, y de persistir en la comision de la infraccion, se procedera a la clausura definitiva del establecimiento. Articulo 12º.- Del Regimen de Infracciones y Sanciones. Incorporese al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 0202008-MDLP, las siguientes infracciones: CODIGO: 03. GERENCIA DE SANIDAD SALUD HUMANA Y SANEAMIENTO AMBIENTAL
MEDIDA SANCION COMPLEMENUIT TARIA 100% MORDAZA LEGAL Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

MORDAZA LEGAL Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

Habilitar area para 03.058 fumadores mayor a la autorizada o sin cumplir los requisitos. Por permitir el ingreso a 03.059 menores de edad a las areas asignadas para fumadores. Por permitir el consumo de tabaco o productos 03.060 del tabaco fuera de las areas habilitadas para fumadores. Cuando la medicion de contaminantes de 03.061 humo de tabaco supere los limites maximos establecidos por el organo competente. No exhibir los carteles exigidos, en el area de 03.062 fumadores como en la de no fumadores, en locales debidamente autorizados. Por no habilitar el area de 03.063 fumadores.

100%

Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

CODIGO

INFRACCION

200%

Por permitir el fumar en establecimientos publicos 03.046 o privados prohibidos por la Ley Nº 28705. Por no colocar anuncios 03.047 o carteles en los espacios cerrados. Por no colocar carteles 03.048 en los lugares prohibidos para fumar. Por no colocar 03.049 carteles en centros de comercializacion. Por vender directa o indirectamente productos de tabaco dentro de 03.050 cualquier establecimiento dedicado a la salud y educacion, MORDAZA publicos o privados. Por permitir la venta y/o suministro de tabaco a 03.051 menores de 18 anos, sea para consumo propio o de terceros. Por permitir la venta de 03.052 productos de tabaco por menores de 18 anos. Por vender en lugares 03.053 autorizados, cigarrillos sin filtro. Por permitir la distribucion 03.054 gratuita promocional de productos de tabaco, a menores de 18 anos. Por promocionar o distribuir juguetes que tengan forma o aludan 03.055 a productos de tabaco, que resulten atractivos a menores de edad. Por colocar suministro de 03.056 maquinas expendedoras en lugares con acceso de menores de edad. Por permitir en los espectaculos publicos no deportivos y que esten dirigidos a menores de edad o donde se 03.057 permita el ingreso de los mismos, la promocion o distribucion de productos de tabaco o de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco.

CAPITULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Gerencia de Sanidad y la Sub Gerencia de Comercializacion y MORDAZA, efectuaran coordinaciones periodicas, con el Ministerio de Salud, el INDECOPI y la Comision Nacional Permanente de Lucha Antitabaquica, para realizar las inspecciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Sanidad efectuar las coordinaciones necesarias que permitan en breve se implemente las acciones dispuestas en el articulo 7º del Reglamento de la Ley Nº 28705, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-SA. Tercera.- Se otorga a todos los establecimientos comprendidos en la presente Ordenanza el plazo de 90 dias para adecuarse a las disposiciones de la Ley Nº 28705, su Reglamento y la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Sanidad, la Sub Gerencia de Comercializacion y MORDAZA, Sub Gerencia de Policia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

10%

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 611993-1

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Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

Otorgan beneficio tributario a favor de contribuyentes que hayan declarado un predio con uso de MORDAZA - habitacion y otro con uso de comercio o servicio
ORDENANZA Nº 006-2011-MDLP La MORDAZA, 7 de Marzo del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA

50%

Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

100%

Ley Nº 28705 D.S. Nº 015-2008-SA

Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 07 de Marzo del 2011, La Mocion de Orden del dia presentada por la Senora Presidenta de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un regimen de Beneficios Tributarios para el ejercicio 2011; y

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