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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2011 (10/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de marzo de 2011 438747 Artículo Segundo.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Sub Regional de Salud “Luciano Castillo Colonna” - Sullana, y sus Redes de Salud de Sullana y Ayabaca, que consta de Mil quinientos veinte (1520) cargos necesarios, de los cuales Setecientos ocho (708) cargos son ocupados y Ochocientos doce (812) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección de Red de Salud Morropón Chulucanas, que consta de Setecientos cincuenta y siete (757) cargos necesarios, de los cuales Cuatrocientos veintiocho (428) cargos son ocupados y Trescientos veintinueve (329) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Chulucanas, que consta de Cuatrocientos ocho (408) cargos necesarios, de los cuales Ciento treinta y dos (132) cargos son ocupados y Doscientos setenta y seis (276) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Apoyo II - 1 “Nuestra Señora de las Mercedes” de Paita, que consta de Ciento veinticuatro (124) cargos necesarios, de los cuales Ochenta y dos (82) cargos son ocupados y Cuarenta y dos (42) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Apoyo I Santa Rosa de Piura, que consta de Cuatrocientos diez (410) cargos necesarios, de los cuales Ciento setenta y cuatro (174) cargos son ocupados y Doscientos treinta y seis (236) cargo son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sétimo.- Convalidar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Apoyo II – 2 Sullana, aprobado con artículo cuarto de la Ordenanza Regional N° 184-2010/GRP-CR, el cual consta de Quinientos cuarenta (540) cargos necesarios, de los cuales Cuatrocientos veinticuatro (424) cargos son ocupados y Ciento dieciséis (116) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Gerencia Regional de Desarrollo Social, el cumplimiento de lo señalado en los “Lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2010 en el marco de las Leyes Nº 28498 y 28560, y Decreto de Urgencia Nº 094-2009, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales”, aprobados con Decreto Supremo N° 005-2010-SA, teniendo en consideración los plazos previstos en la mencionada norma. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los dos días del mes de marzo del año dos mil once. PORFIRIO NICOLAS VALLADOLID FRIAS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los tres días del mes de marzo del año dos mil once. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 611380-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan plazo para el cumplimiento de obligaciones tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 - 2011-A/MDC Carabayllo, 28 de febrero del 2011 VISTO: La Ordenanza N° 219-A-MDC de fecha 28 de Enero de 2011, que aprueba La Actualización de Datos con Carácter de Declaración Jurada Masiva, El Calendario Tributario 2011 y Benefi cios Tributarios dentro de la jurisdicción del Distrito de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucional; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modifi car y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 219-A- MDC de fecha 28 de Enero de 2011, que aprueba La Actualización de Datos con Carácter de Declaración Jurada Masiva, El Calendario Tributario 2011 y Benefi cios Tributarios, se establece en el artículo tercero las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2011; y que en la Tercera Disposición Final, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar medidas complementarias a esta Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 23-2011-GR/MDC de fecha 25 de febrero de la Gerencia de Rentas se señala que es necesario prorrogar mediante Decreto de Alcaldía el vencimiento del primer trimestre y la 1ra y 2da cuota de los Arbitrios Municipales hasta el 31 de Marzo del presente año; Estando a lo dispuesto por la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 219-A-MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; y, con el visto bueno del Gerente de Rentas, del Gerente de Asesoría Jurídica, del Gerente de Administración y Finanzas, del Gerente de Planeamiento y Presupuesto, y la Gerencia Municipal. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Marzo del 2011, lo siguiente: - Presentación de hojas de actualización de datos con carácter de Declaración Jurada de Autoavalúo.