Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2011 (13/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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MORDAZA Basadre, quienes se encuentran regidos por el regimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 728. Articulo Segundo.- DEROGUESE todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Oficina Regional de Administracion la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional, asi como en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. WILDER MORDAZA ALCUAYO ARGANDONA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los diez dias del mes de enero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

612899-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y fijan Tasa de Interes Moratorio (TIM)
ORDENANZA N° 116 - MDSL
San MORDAZA, 28 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 0042011-CEPAL-SR-MDSL a traves del cual la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, Dictaminan por Unanimidad, Recomendar la Aprobacion del proyecto de Ordenanza que Establece la Ampliacion del Plazo de Vencimiento para el Pago del Impuesto Predial y Fija la Tasa de Interes Moratorio (TIM), para la Municipalidad de San MORDAZA, el Proveido Nº 185-2011-MDSL-GM emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 090-2011-GALMDSL de la Gerencia de Asesoria Legal, Informe Nº 014-2011-GR-MDSL emitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 167-2011-SGART-GR/MDSL emitido por la Subgerencia de Administracion y Recaudacion Tributaria, todos igualmente sobre la ampliacion del plazo de vencimiento del pago del impuesto predial y fija tasa de interes moratorio; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el ultimo parrafo del articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto

Supremo N° 135-99-EF prescribe que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, los incisos a) y b) del Articulo 15º del T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el impuesto podra cancelarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano; y, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar hasta el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre (...); Que, resulta necesario que la Administracion flexibilice la fecha de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del primer trimestre Impuesto Predial, de los contribuyentes del distrito; Que, Asimismo la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, al ser organo administrador del impuesto predial y los arbitrios municipales en la Jurisdiccion, es necesario establecer la Tasa de Interes Moratorio, para la actualizacion de los mismos, que se configuran en el devenir del tiempo, basicamente por el no pago de los mismos; Que, el articulo 33° del Texto Unico Ordenado Codigo Tributario, aprobado por D.S N° 135-99 EF y modificatorias, establece que en el caso de los tributos administrados por los gobiernos locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal. Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT de fecha 15 de febrero del 2010 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 17 de febrero del 2010, se fijo en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en Moneda Nacional, correspondiente a los tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; En uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del Articulo 9º asi como del articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la presente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE LA AMPLIACION DEL PLAZO DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Articulo Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago del primer trimestre impuesto predial del ejercicio 2011, el mismo que sera: Pago al contado Pago Fraccionado Primer Trimestre MORDAZA Trimestre Tercer Trimestre MORDAZA Trimestre : 31 de Marzo : : : : 31 de Marzo 31 de MORDAZA 31 de Agosto 30 de Noviembre

Articulo Segundo.- ESTABLECER en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en Moneda Nacional, correspondiente a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de San Luis. Articulo Tercero.- DEROGAR toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Modifican la Ordenanza Nº 050-MDSL, que regula la instalacion de propaganda electoral en el distrito
ORDENANZA N° 117-MDSL
San MORDAZA, 28 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA

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