Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

armadores pesqueros cuyas embarcaciones de mayor escala estuvieran incluidas en la medida de ordenamiento respecto de la no extraccion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion, asi como las consecuencias que de ello pudiera derivarse; Que, la disposicion a emitirse, por su caracter extraordinario, esta limitada exclusivamente a la regulacion de un tema especifico, no afectandose en forma alguna las demas disposiciones que regulan el ordenamiento del sistema de limite de cuotas por embarcacion previsto en el Decreto Legislativo Nº 1084, su Reglamento, Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, normas complementarias y modificatorias; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley Sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2009-PRODUCE; DECRETA: Articulo 1º.- Exceptuese a los armadores pesqueros cuyas embarcaciones de mayor escala se encuentran incluidas en el ambito de aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley Sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, del cumplimiento de extraer el 80% del Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion asignado para la MORDAZA Temporada de Pesca 2010, autorizada por Resolucion Ministerial Nº 279-2010-PRODUCE. Articulo 2º.- Lo dispuesto en el articulo precedente, no concede a los armadores beneficio, derecho o excepcion distinto al expresamente regulado, ni enerva del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1084, sus normas reglamentarias y complementarias, asi como sus respectivas modificatorias en lo concerniente al acogimiento a los programas de beneficios de los trabajadores contemplados en el precitado Decreto Legislativo, entendiendose que la no nominacion de las embarcaciones pesqueras dispuestas por los Armadores al inicio de la MORDAZA Temporada de Pesca 2010, autorizada por Resolucion Ministerial Nº 2792010-PRODUCE, mantienen su validez para efectos del acogimiento a dichos programas de beneficios. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de la Produccion 619420-4

206-2011-PRODUCE/DVMYPE-I-Diqpf, de la Direccion de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados de la Direccion General de Industria y el Informe Nº 022-2011PRODUCE/OGAJ-malayza, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2009-PRODUCE y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 084-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 092-2007-PCM, el Ministerio de la Produccion es la Entidad responsable de la implementacion, mantenimiento y desarrollo del Registro Unico para el Control de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados, previa coordinacion con las instituciones publicas encargadas de las acciones para el control de insumos quimicos y productos fiscalizados; Que, habiendo la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, mediante Informe Tecnico Nº 0012-2010PRODUCE/OGPP-Opir-cmoina, aprobado y declarado viable el Proyecto de Inversion Publica denominado "Implementacion Integral del Registro Unico para el Control de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados a Nivel Nacional" con Codigo SNIP 148714, del cual el Ministerio de la Produccion es la Unidad Ejecutora con el cofinanciamiento de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; Que, dentro del MORDAZA legal MORDAZA referido, el Ministerio de la Produccion y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, con fecha 17 de febrero de 2011, suscribieron un Convenio de Cooperacion Interinstitucional para la Ejecucion de la Fase de Inversion del referido Proyecto de Inversion Publica; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2 de la Clausula Cuarta del mencionado Convenio de Cooperacion, el Ministerio de la Produccion solicito a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria la cobertura presupuestal correspondiente a los componentes del referido Proyecto, que se encuentran bajo su responsabilidad presupuestal y financiera, habiendo recibido el Oficio Nº 0072-2011SUNAT/100000 de fecha 17 de marzo de 2011, por el que la SUNAT manifesto su compromiso en realizar las previsiones presupuestales correspondientes, en sus presupuestos institucionales de los anos 2012, 2013, 2014 y 2015; Que, de acuerdo al Proyecto de Inversion Publica con Codigo SNIP 148714 el Ministerio de la Produccion es responsable del financiamiento del Expediente Tecnico y la Unidad de Gestion del referido proyecto; merito por el cual mediante Informe Nº 083-2011-PRODUCE/OGPPOp la Oficina de Presupuesto del Ministerio certifica la disponibilidad de recursos hasta por un monto de S/. 2´150,000 ­S/. 800,000 para el Expediente Tecnico y S/. 1´350,000 para la Unidad de Gestion- para el ejercicio fiscal 2011 y la prevision de asignar para los anos 2012, 2013 y 2014 el monto de S/. 1´350,000 por cada uno de estos, y para el ano 2015 el monto de S/. 1´338,552 para la ejecucion del proyecto de inversion publica denominado "Implementacion Integral del Registro Unico para el Control de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados a Nivel Nacional"; Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 27293 y sus modificatorias, el referido Convenio de Cooperacion establece que mediante Resolucion Ministerial emitida por el Ministerio de la Produccion se aprobara el inicio de la Fase de Inversion del Proyecto de Inversion Publica denominado "Implementacion Integral del Registro Unico para el Control de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados a Nivel Nacional", por lo que corresponde emitir el acto resolutivo pertinente; Con el visado de los Directores Generales de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Direccion General de Industria.

Aprueban inicio de la Fase de Inversion del Proyecto de Inversion Publica denominado "Implementacion Integral del Registro Unico para el Control de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados a Nivel Nacional"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 106-2011-PRODUCE MORDAZA, 24 de marzo de 2011 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 012-2010PRODUCE/OGPP-Opir-crmoina, el Informe Tecnico Nº 098-2011-PRODUCE/OGPP-Opir, y el Informe Nº 083-2011-PRODUCE/OGPP-Op, de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; el Informe Tecnico Nº

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