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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439734 Artículo Segundo.- El Jurado Electoral Especial para las Elecciones Municipales Complementarias 2011 y sus mesas de partes ubicadas en las ciudades de Cajamarca, Chota, Jaén, Chiclayo, Sánchez Carrión, Huaraz, Huari, Santa, Huaura, Cañete, Ica, Huancavelica, Huánuco, Moyobamba, Coronel Portillo y Juliaca, recibirán las listas de candidatos que las organizaciones políticas presenten para participar en las Elecciones Municipales Complementarias del 3 de julio de 2011. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Corte Superior de Justicia de Lima, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República y de la Presidencia del Consejo de Ministros, la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, www.jne.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 620116-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Disponen el cambio de denominación de la Oficina de Atenciones Especiales ubicada en el distrito de San Borja, provincia de Lima, por la de Oficina Registral/Atenciones Especiales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 163-2011/JNAC/RENIEC Lima, 24 de marzo del 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 000956-2011/GOR/RENIEC (12MAR2011) e Informe Nº 000035-2011/GOR/RENIEC (10MAR2011), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000610-2011/GAJ/RENIEC (21MAR2011), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, en su Art. 75° dispone que la Gerencia de Operaciones Registrales es el órgano de línea, encargado de planear, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el proceso de identifi cación de las personas, así como las inscripciones de los hechos vitales y modifi catorios del estado civil; Que el Artículo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Artículos 11º, 13º y 81º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación, supresión de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral y se constituyen como un órgano de línea y como una primera instancia administrativa ante la interposición de recursos impugnativos; Que mediante la Resolución Jefatural Nº 228-2006- JEF/RENIEC (06ABR2006) se dispuso el funcionamiento de la Ofi cina de Atenciones Especiales en la entonces Agencia Registral del RENIEC del distrito de San Borja, hoy denominada Ofi cina Registral San Borja, la cual tiene a su cargo la atención urgente de los diversos trámites de DNI, con un plazo máximo de expedición de 48 horas, para los casos de los peruanos residentes en el exterior que se encuentran temporalmente en el territorio de la República, o que afrontan situaciones imprevistas de salud, viaje, estudios, u otros, siendo necesario acreditar dichas situaciones; Que mediante los documentos del visto, la Gerencia de Operaciones Registrales, manifi esta la necesidad de dar inicio al proyecto piloto para la implementación del trámite de DNI bajo la modalidad de Captura en Vivo en las Ofi cinas del RENIEC, el cual conviene realizarlo en la Ofi cina de Servicios de Atenciones Especiales, ubicada en la Av. Javier Prado Este Nº 2392, San Borja; en tal sentido, resulta necesario realizar el cambio de denominación de la misma a Ofi cina Registral/Atenciones Especiales a partir del 01ABR2011; Que la presente resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el cambio de denominación de la Ofi cina de Atenciones Especiales, ubicada en la Av. Javier Prado Este N° 2392, del distrito de San Borja, por el de Ofi cina Registral/Atenciones Especiales, la misma que a partir del 01ABR2011, actuará como primera instancia, realizando la califi cación de trámites del RUIPN que serán aprobados en forma automática, contando con los servicios de registro de trámites y entrega del DNI, y atendiendo los recursos de reconsideración que se planteen, en tanto que las apelaciones serán absueltas por la Jefatura Regional Lima, y el recurso de revisión será resuelto por la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente resolución y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (e) 619969-1