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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439731 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban difusión de la “Propuesta de Modificación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC” RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Nº 002-2011-GS-OSITRAN Lima, 22 de marzo de 2011 ENTIDAD PRESTADORA : Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC) MATERIA : Aprobación de la difusión de la Propuesta de Modifi cación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora VISTOS: La Carta Nº GG-0352-2011/13 recibida el 15 de marzo de 2011, mediante la cual, la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC remite en virtud al artículo 47º del Reglamento Marco de Acceso de OSITRAN - REMA, su Propuesta de Modifi cación del Reglamento de Acceso; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 014- 2003-CD/OSITRAN se aprobó el Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público (REMA), habiendo sido modifi cado mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nº 054-2005-CD-OSITRAN y Nº 006- 2009-CD-OSITRAN; Que, el REMA establece las reglas y procedimientos referidos al acceso a la infraestructura de transporte de uso público, y precisa los criterios técnicos, económicos y legales a los cuales deberán sujetarse los Reglamentos de Acceso de las Entidades Prestadoras; los contratos de acceso a la infraestructura de transporte de uso público, incluida su forma y mecanismo de celebración; y los pronunciamientos sobre el acceso a la infraestructura de transporte de uso público que emite el OSITRAN, incluyendo los mandatos de acceso; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 12º del REMA, el acceso a la infraestructura de transporte de uso público califi cada como Facilidad Esencial, por parte de los usuarios intermedios, se regula por las reglas establecidas en: a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesión; c) El REMA; d) El Reglamento de Acceso de cada Entidad Prestadora aprobado por OSITRAN; e) Los Contratos de acceso; f) Los Mandatos de acceso; g) Las demás disposiciones que dicte OSITRAN sobre el particular. Que, el Artículo 13º del REMA dispone que cada Entidad Prestadora deberá contar con un Reglamento de Acceso aprobado por OSITRAN, con el fi n de entregar a los potenciales usuarios intermedios toda la información relevante necesaria para solicitar el Acceso; Que, asimismo, el artículo 14º del REMA establece el contenido mínimo del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora; Que, a través de la Resolución N° 035-2006-CD-OSITRAN, se aprobó el Reglamento de Acceso de CORPAC; Que, mediante Carta Nº GG-0352-2011/13 de Vistos, la Entidad Prestadora Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC, en virtud al artículo 47º del Reglamento Marco de Acceso de OSITRAN - REMA, presenta su Propuesta de Modifi cación del Reglamento de Acceso; Que, el Artículo 47º del REMA establece lo siguiente: “Artículo 47º.- Difusión del Proyecto de Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora. La Resolución que apruebe la difusión del Proyecto de Reglamento de Acceso o su propuesta de modifi cación serán publicados en el diario ofi cial “El Peruano” por cuenta del Regulador. Tanto la Resolución aprobatoria como el contenido del Proyecto de Reglamento o su propuesta de modifi cación deberán ser difundidos a través de la página web de OSITRAN y en el de la Entidad Prestadora, desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el diario ofi cial El Peruano. El plazo para que los Usuarios Intermedios puedan remitir a OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre el proyecto presentado por la Entidad Prestadora o su modifi catoria es de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la Resolución aprobatoria en el diario ofi cial El Peruano.” Que, en consecuencia, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervisión de OSITRAN pronunciarse sobre la aprobación de la difusión de la “Propuesta de Modifi cación del Reglamento de Acceso” presentado por la entidad Prestadora, de acuerdo a las disposiciones establecidas por el REMA vigente. RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusión de la “Propuesta de Modifi cación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC”. SEGUNDO.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido de la Propuesta de Modifi cación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC, sean publicados en la página Web de OSITRAN y en el de la Entidad Prestadora. TERCERO.- El plazo para que los Usuarios Intermedios puedan remitir a OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre la propuesta presentada por la Entidad Prestadora Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC es de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. CUARTO.- Notifi car la presente Resolución a la Entidad Prestadora Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIGI D’ALFONSO CROVETTO Gerente de Supervisión (e) 619435-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca e Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 007-2011-P-CE-PJ Lima, 25 de marzo de 2011