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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de noviembre de 2011 452757 nombramiento del doctor Luis Fernando Ojeda Cornejo Chávez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Mariscal Nieto; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor LUIS FERNANDO OJEDA CORNEJO CHÁVEZ, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Mariscal Nieto, materia de la Resolución Nº 519-2011-MP- FN, de fecha 30 de marzo del 2011. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Moquegua, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 711885-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan ampliación de la inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 10578-2011 Lima, 14 de octubre de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS; VISTA: La solicitud presentada por el señor César Landa Agurto para que se le autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesión de la Comisión Evaluadora de fecha 14 de abril de 2011, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor César Landa Agurto con matrícula N° N-4018 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 711426-1 Aprueban modificación del Artículo Primero del Estatuto Social del Banco Interamericano de Finanzas RESOLUCIÓN SBS Nº 10842-2011 Lima, 21 de octubre de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, para que esta Superintendencia autorice la modifi cación del Artículo Primero de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Junta General de Accionistas celebrada el 21 de setiembre de 2011 se acordó la modifi cación del artículo primero del Estatuto Social, de la referida entidad bancaria; Que, de la revisión efectuada a la documentación se evidencia que el Banco Interamericano de Finanzas, ha cumplido con los requisitos señalados en el procedimiento 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia para llevar a cabo la modifi cación solicitada; Que, el proyecto de minuta de modifi cación del Estatuto ha sido formulado de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” y el Departamento Legal, y contando con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos la modifi cación del Artículo Primero del Estatuto Social del Banco Interamericano de Finanzas, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo, y devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente