Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2011 (11/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453227

interesada de la presente Resolucion en el modo y forma establecida en la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones 713465-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la Estrategia Regional de Cambio Climatico en MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 224-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, en su articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el literal a) del articulo 15° establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el articulo 53° en su inciso c) establece como funcion de los Gobiernos Regionales el formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicacion de las estrategias regionales respecto a la diversidad biologica y sobre cambio climatico, dentro del MORDAZA de la estrategias nacionales respectivas; Que, conforme a La Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - CMNUCC, se busca reforzar la conciencia publica, a escala mundial, de los problemas relacionados con el cambio climatico, entendido este como el calentamiento global por accion humana, que afecta el normal desarrollo de la MORDAZA en la biosfera terrestre actualmente, con tendencia a agudizarse en el futuro, expresandose en incremento de los deshielos de glaciales y nevados, inundaciones, alta evaporacion de los oceanos, alteracion del ciclo reproductivo de animales y vegetales de consumo humano, reduccion de la biodiversidad, aumento de los desastres naturales de origen atmosferico e hidrico, entre otros efectos nocivos; Que, en 1997, los gobiernos acordaron incorporar una adicion al Tratado, conocida comunmente bajo la denominacion de Protocolo de Kyoto, documento normativo supranacional que contiene medidas mas energicas y, juridicamente, vinculantes;

Que, en general, el objetivo comun de los Estados suscribientes de la CMNUCC es lograr la estabilizacion de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero, GEI, como son dioxido de carbono (CO2), metano (CH4), oxido nitroso (N20), hidroclorofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafloruro de azufre (SF6), entre otros, en la atmosfera, a un nivel que impida interferencias antropogenicas o la intervencion del ser humano en la regulacion del clima, peligrosas en el sistema climatico y en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climatico, asegurando que la produccion de alimentos no se vea amenazada y permitiendo que el desarrollo economico prosiga de manera sostenible; Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 26185 el Estado Peruano ratifico la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - CMNUCC, adoptando, como suyos los lineamientos contenidos en dicha MORDAZA supranacional, ademas de obligarse a cumplir lo prescrito en MORDAZA, es decir, adquiriendo la CMNUCC caracter vinculante, al ingresar a formar parte de la normatividad nacional, con rango de Ley; Que, segun el articulo 28° de la Ley Nº 26821, los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovacion, evitando su sobreexplotacion y reponiendolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso. El aprovechamiento sostenible de los recursos no renovables consiste en la explotacion eficiente de los mismos, bajo el MORDAZA de sustitucion de valores o beneficios reales, evitando o mitigando el impacto negativo sobre otros recursos del entorno y del ambiente; Que, segun el articulo 103° de la Ley Nº 26842 Ley General de Salud, la proteccion del ambiente es responsabilidad del Estado y de las personas naturales y juridicas, los que tienen la obligacion de mantenerlo dentro de los estandares para preservar la salud de las personas; Que, teniendo como antecedente el Decreto Supremo Nº 086-2003-PCM que aprueba la Estrategia Nacional sobre Cambio Climatico, elaborado por la entonces Comision Nacional de Cambio Climatico, del desactivado CONAM, que, junto al INRENA, dieron lugar al actual Ministerio del Ambiente, comision integrada, en ese ano, por el CONCYTEC, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de la Produccion, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, CONFIEP, FONAM, IMARPE, Ministerio de Energia y Minas, INRENA, PCM, SENAMHI; Que, teniendo, como antecedente, en el ano 2001, la formacion del Grupo de Estudio Tecnico Ambiental del Aire (GESTA de Aire - Zonal Piura), el cual presento el Plan "A Limpiar el Aire" de la MORDAZA Atmosferica de MORDAZA, que incluye veintitres medidas para establecer y/o fortalecer el programa de vigilancia de la calidad del aire y para mejorar la calidad del aire y prevenir su deterioro. Estas medidas abarcaban aspectos relacionados con el inventario de emisiones, la red de monitoreo, el programa para la estimacion de impacto social y en la salud, el establecimiento de un sistema de informacion, tecnicas, politicas y/o administrativas, y sociales y luego, fueron alimentando al PROCLIM del entonces CONAM; Que, por Ordenanza Regional Nº 077-2005/GRPCR, se creo el Sistema Regional de Gestion Ambiental para la Region MORDAZA, en el numeral 4. del articulo 5º indica que es competencia regional y local el disenar y dirigir participativamente la implementacion progresiva de las estrategias regionales sobre cambio climatico y biodiversidad; Que, habiendo revisado el documento y estudio denominado "ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMATICO EN MORDAZA - Avances en la formulacion", elaborado por el Centro IDEAS en febrero 2,011, se procedio a evaluarlo, observarlo y verificada su adecuacion a la situacion actual y necesidades reales de la poblacion, se procedio a aprobarlo en sesion de la Mesa Multisectorial de Cambio Climatico;

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