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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de noviembre de 2011 453224 Que, el 80% de las discapacidades son producto de los accidentes en diferentes etapas de la vida, de las diversas formas de violencia social y familiar; así como de la desnutrición crónica, alcohol, drogas y de las limitaciones económicas en la familia, situaciones que se pueden y se deben evitar; Que, más del 60% de la población con discapacidad vive en condiciones de pobreza y extrema pobreza, sin tener acceso a participar y a un desarrollo inclusivo dentro de la sociedad; Que, según los considerandos expuestos es imperativo la creación y funcionamiento de la Mesa Regional por la Participación y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Región Amazonas, que tenga como función establecer mecanismos necesarios que tiendan a generar acciones que incorporen el enfoque de discapacidad en el desarrollo y ejecución de políticas para la Región Amazonas; Que, el Gobierno Regional Amazonas, desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural de las personas con discapacidad; Que, por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, ha emitido la siguiente : ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DISPONER la Creación y Funcionamiento de la “Mesa Regional por la Participación y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Región Amazonas” y su implementación progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestario del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Segundo.- La Mesa Regional está conformada por las siguientes Instituciones Públicas y Privadas, en el siguiente orden: - Presidente Regional, quien lo preside. - Un Representante Regional de la CONFENADIP (Confederación Nacional de las Personas con Discapacidad del Perú), como Secretario Técnico. - Un Representante de CONADIS de Amazonas. - Un Representante de todos los Sectores Públicos. - Un Representante del Poder Judicial. - Un Representante del Ministerio Público. - Un Representante de la Mesa Regional de Lucha Contra la Pobreza. - Dos Representantes de las Organizaciones Regionales de las Personas con Discapacidad. - Un Representante de cada Municipalidad Provincial de Amazonas. - Un Representante de la Cámara de Comercio. Artículo Tercero.- La Mesa Regional, tendrá como objetivo Institucionalizar la participación de la ciudadanía en el diseño, toma de decisiones y fi scalización de la política social del Estado, a fi n de promover el desarrollo inclusivo de las personas con discapacidad en el ámbito regional de Amazonas. Artículo Cuarto.- DECLARAR dentro de las prioridades del Desarrollo Regional Social, la prevención y atención de las personas con discapacidad en cumplimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018. Artículo Quinto.- OTORGAR un plazo de treinta (30) días para la constitución e instalación de la Mesa Regional por la Participación y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de la Región Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 12 días del mes de setiembre del año 2011. ELMER SOTO MONJE Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 22 SET. 2011. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente del Gobierno Regional Amazonas 714406-1 Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios del Gobierno Regional RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N° 351–2011-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR Chachapoyas, 14 de septiembre de 2011 VISTOS: El Informe No. 025-2011-GRA/CEPAD, de fecha 19 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, con Hoja Informativa Nº003-2010-G.R.A./CGR- OCI, el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Amazonas, emitió la siguiente recomendación como consecuencia de la investigación del Proceso de Adquisición de un Módulo de Procesamiento de Tara para el Proyecto : “Manejo y Desarrollo Sostenible de Sistemas Forestales y Agroforestales con Plantaciones de Tara en las Zonas Media y Baja del Alto Utcubamba y Sonche de la Región Amazonas”: “2.1. Hacer de conocimiento los hechos suscitados en torno a la denuncia al Señor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para que meritúe dicha irregularidad en uso de sus atribuciones y deslinde responsabilidad administrativa que corresponde aplicar a los funcionarios, servidores que están relacionados en los hechos comprendidos en la Elaboración del Expediente Técnico; Aprobación de Base del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº66-2008-DEA-A/CEAMC, Adquisición de un Módulo de procesamiento de Tara para el Proyecto: “Manejo y Desarrollo Sostenible de Sistema Forestales y Agroforestales con Plantaciones de Tara en las Zonas Media y Baja del Alto Utcubamba y Sonche de la Región Amazonas”, por negligencia en el desempeño de sus funciones asignadas y por no haber tomado alguna acción legal en contra de la Empresa TECFAMA SAC por incumplimiento de la entrega e instalación de la Maquinaria para la Planta de Procesamiento de Tara en el Distrito de Magdalena; (Conclusión Nrs. 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5, 4.6, 4.7, 4.8 y 4.9)” Que, mediante Informe Legal Nº195-2011-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Amazonas, concerniente al presente caso opina: 1. Se remita copia de la Hoja Informativa Nº003-2011- G.R.A./CGR-OCI, referido a la investigación del Proceso de Adquisición de un Módulo de Procesamiento de Tara para el Proyecto : “Manejo y Desarrollo Sostenible de Sistemas Forestales con Plantaciones de Tara en las Zonas Media y Baja del Alto Utcubamba y Sonche de la Región Amazonas”, a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, para que se avoque al conocimiento de la presunta falta administrativa cometida por los Ex Funcionarios Segundo H. Villena Pérez, Nestor Elera Frías, Roger Alarcón Flores y David Marcial Orbegoso Castillo.