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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (15/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de octubre de 2011 451710 MDSL-GDU presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante el cual propone la consolidación del área de retiro de la Urbanización La Viña – distrito de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, a través del Informe Nº 263-2011-MDSL-GDU/ SGOPC de fecha 13SET2011 la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro da cuenta que habiéndose procedido a realizar un levantamiento de campo de toda la urbanización La Viña, se ha podido determinar que existen edifi caciones al borde de la vereda y que ya se encuentran consolidadas y construidas de hace muchos años, motivo por el que recomiendan modifi car el retiro municipal de 3.00 mts a 0.00 mts frente a los lotes de la Mz. “M” del Jr. Edgar Zúñiga Medina y la Mz. “V-1” de la Calle Gálvez Silvera, por encontrarse consolidado y así puedan los propietarios de los predios ubicados en las manzanas antes señaladas, acogerse al trámite de regularización de Licencias; Que, mediante el Informe Nº 268-2011-MDSL/SGOPC de fecha 19SET2011 la misma sub gerencia adjunta copias de la Resolución Nº 1349-84-CDSL del 14DIC1984 , Resolución de Alcaldía Nº 029-2008-MDSL de fecha 06FEB2008, donde se resuelve aprobar los retiros para las urbanizaciones del distrito de San Luis y su modifi cación; así como copia del Reglamento Nacional de Edifi caciones, el mismo que en su Capítulo II Art. 9º señala “cuando el Plan Urbano Distrital lo establezca existirán retiros entre el límite de propiedad y el límite de edifi cación” Que, fi nalmente mediante el Informe Nº 472-2011- GAL-MDSL de fecha 29SET2011 señalado en el Visto, la Gerencia de Asesoría Legal luego del análisis del caso, concluye opinando favorablemente respecto a la propuesta realizada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, la misma que deberá formalizarse vía decreto de alcaldía; Estando a lo expuesto con la opinión favorables de las gerencias señaladas en el Visto y, conforme a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la modifi cación de la Resolución Nº 1349-84.CDSL de fecha 14DIC1984, en el extremo de reducir el área de retiro municipal de 3.00 mts a 0.00 mts frente a los lotes de la Mz. “M” del Jr. Edgar Zúñiga Medina y la Mz. “V-1” (parte urbana) de la Calle Gálvez Silvera, de la Urb. La Viña - Distrito de San Luis, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Gerencia Municipal su control. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación de la presente norma municipal en el Diario Ofi cial El Peruano conforme ley, así como su difusión a la Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal y Subgerencia de Informática y Estadística, conforme a sus funciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 703265-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Prorrogan la vigencia de Beneficios Tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 138/MVMT DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2011-MVMT Villa María del Triunfo, 13 de octubre del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 138/MVMT del 21 de Setiembre de 2011, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de Setiembre del 2011, se establecieron Benefi cios Tributarios mediante el programa “Actualiza y Regulariza 2011” para facilitar a los vecinos del Distrito de Villa María del Triunfo, la regularización y cumplimientos de sus obligaciones; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final de la mencionada Ordenanza Municipal Nº138/MVMT delega a la Titular de esta entidad a que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la mencionada ordenanza y en consecuencia se mantengan durante la misma, los benefi cios concedidos a través de dicha disposición a favor de los vecinos; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante el Informe Nº 005-2011-SGF-GRyAM/ MVMTM, de fecha 12 de octubre del 2011, la Sub Gerencia de Fiscalización, opina en el sentido de prorrogar la vigencia de la Ordenanza 138/MVMT mediante decreto de alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 0085-2011-GRAM/MVMT de fecha 11 de octubre, la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, opina en forma favorablemente respecto a la prórroga de benefi cios otorgados mediante la Ordenanza 138/MVMT hasta el 31 de octubre del 2011; Que, mediante informe Nº 408-2011-GM/MVMT de fecha 13 de octubre del 2011, la Gerencia Municipal remite los informes antes mencionados para se prepare el proyecto de decreto de alcaldía de acuerdo a la propuesta hecha por la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales; Estando a los considerandos precedentes y, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 138-MVMT hasta el 31 de Octubre del 2011, de acuerdo a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza 138/ MVMT. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales y demás unidades orgánicas competentes de esta Corporación Municipal el cumplimiento de lo establecido a través del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 703942-1