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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (15/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de octubre de 2011 451696 de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema fi nanciero pueden emitir y colocar Certifi cados de Depósito Negociables, en moneda nacional o extranjera, siempre que sean de su propia emisión; Que, con fecha 12 de diciembre de 2007, se inscribió automáticamente en el Registro Público del Mercado de Valores el “Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Falabella Perú S.A.”, emitidos por Banco Falabella Perú S.A., hasta por un monto de S/. 320 000 000,00 (trescientos veinte millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del prospecto marco correspondiente; Que, el Banco Falabella Perú S.A. solicitó la inscripción de los valores pertenecientes a la emisión denominada “Sétima Emisión del Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Falabella Perú S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del complemento del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Banco Falabella Perú S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, a la fecha, Banco Falabella Perú S.A. no posee la condición de Entidad Califi cada; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de Superintendencia del Mercado de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el artículo 5º de la Resolución de Superintendente Nº 001- 2011-EF/94.01.1, así como el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Sétima Emisión del Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Falabella Perú S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del complemento del prospecto marco respectivo, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La oferta pública de los valores a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25 y, de ser el caso, por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refi eren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a los que se refi ere el presente artículo se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a los que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no implican que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet, de forma previa a la colocación de los valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Banco Falabella Perú S.A., en su calidad de emisor; a Citibank del Perú S.A., en su calidad de entidad estructuradora; a Citicorp Perú S.A. Sociedad Agente de Bolsa, en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV; y, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Director de Emisores (e) 703184-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Superior Provisional de la Segunda Sala de Familia de Lima y Juez Supernumerario del Décimo Quinto Juzgado de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 818-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 14 de octubre del 2011 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 073470-2011, la doctora Janet Ofelia Tello Gilardi, Presidenta de la Segunda Sala de Familia de Lima, solicita se le conceda licencia sin goce de haber por motivos personales, a partir del 17 de octubre al 17 noviembre del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior y con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que complete el Colegiado de la Segunda Sala de Familia de Lima, por la licencia de la doctora Tello Gilardi. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora CARMEN TORRES VALDIVIA, Juez Titular del Décimo Quinto Juzgado de Familia de Lima, como Juez Superior Provisional de la Segunda Sala de Familia de Lima, a partir del 17 de octubre al 17 de noviembre del presente año, por la licencia de la doctora Tello Gilardi, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: