Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2011 (30/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2011

del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF y la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Que, en el articulo 157° del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) vigente, se establece las Funciones y Atribuciones de la Sub Gerencia de Defensa Civil, la misma que debe ser adecuada a la Ley N° 29664 y su Reglamento aprobado por el articulo 1° del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; Que, el 18 de febrero del presente ano se crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), Ley N° 29664 como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, cuya finalidad es identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, preparacion y atencion ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que el literal e) del articulo 9° y el numeral 14.1 del articulo 14° la Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, Ley N° 29664, establece que los Gobiernos Regionales y Locales conforman el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, los cuales formulan, aprueban normas y planes, evaluan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres, en el ambito de su competencia; Que, en los literales a), b) y c), del numeral 18.5 del articulo 18°del Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, se senala que: articulan la gestion reactiva a traves del Sistema Regional de Defensa Civil, los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) y las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales; y cuya definicion, mecanismos de constitucion y funcionamiento estan establecidos en los articulos 20°, 50° y 51° del citado Reglamento; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29664, establece que las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, son ejecutadas por los Gobiernos Regionales y Locales en los ambitos de jurisdiccion respectivos; Que, de conformidad con el inciso 3) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del Gobierno Local, ejerciendo dicha facultad dentro del MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 018-2007-PCM, mediante el cual se aprobo los lineamientos para la elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de las entidades Publicas; Que, mediante el Informe N° 110-2011-GPP/MVMT, de fecha 30 de setiembre del 2011, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite la Sustentacion Tecnica y recomienda las propuestas de modificacion de funciones de la Sub Gerencia de Defensa Civil, a fin de ser aprobado por el Concejo Municipal; En uso de las facultades conferidas en los numerales 3) y 8) del articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA unanime (ONCE) de sus miembros presentes, aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICACION LOS ARTICULOS 155° Y 157° DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) Articulo Primero.- APROBAR la modificacion de los articulos 155° y 157° del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, aprobado mediante la Ordenanza N° 133/MVMT quedando redactados los mismos de la siguiente manera: Articulo 155°.- La Sub Gerencia de Defensa Civil es Organo de Linea que tiene como objetivo proteger a la poblacion adoptando medidas de prevencion y proporcionar ayuda oportuna coordinando las acciones necesarias a fin de procurar una optima respuesta de la sociedad en casos de desastres o emergencias de toda indole a las personas afectadas.

Articulo 157.- Son funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Defensa Civil: 1. Planificar, organizar dirigir y controlar las actividades de Defensa Civil emanadas del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito jurisdiccional del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 2. Promover acciones de apoyo a las companias de bomberos, beneficencias, MORDAZA Roja y demas instituciones de servicio a la comunidad, asi como operar el sistema de comunicaciones que se establezca entre el Comite Provincial de Defensa Civil y las entidades e instituciones que integran el Sistema Nacional de Gestion del Riego de Desastres y su Reglamento. 3. Ejercer la funcion de coordinador del Centro de Operaciones de Emergencia Local (COEL), y Gestionar el apoyo Tecnico y estrategico necesario con el Centro de Operaciones de Emergencia Regional y Nacional. 4. Informar al Instituto Nacional de Defensa Civil "INDECI" la evaluacion de danos y el analisis de necesidades en caso de desastre a traves de Centro de Operaciones de Emergencia Distrital; con la finalidad de generar las propuestas pertinentes para la declaratoria del estado de emergencia de ser necesario. 5. Integrar el Grupo de Trabajo del Comite Tecnico de Gestion de Riesgo de Desastres de la entidad y la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 6. Planificar, organizar dirigir y controlar las actividades relacionadas con los planes de prevencion, emergencia y rehabilitacion Distrital, cuando el caso lo requiera. 7. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el cumplimiento de normas y disposiciones de seguridad emanadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil y del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y su Reglamento. 8. Emitir Resoluciones Sub Gerenciales en el ambito de su competencia y cuando este en peligro la MORDAZA, la salud, higiene o seguridad publica, asi como los casos en los que se vulnere las normas sobre urbanismo, zonificacion y ocupacion de zonas de riesgo, en concordancia con la normativa vigente. 9. Emitir Resoluciones de Infracciones y Sanciones que sea aprobada por Ordenanza expresa para ser aplicada por la Sub Gerencia de Defensa Civil. 10. Realizar y administrar las Inspecciones Tecnicas de Seguridad de Defensa Civil, para evaluar el grado de riesgo que presentan las instalaciones y servicios, sea de personas naturales o juridicas y otorgar las certificaciones y/o calificaciones necesarias. 11. Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en las MORDAZA de espectaculo, ferias, estadios, coliseos y otros recintos, abiertos al publico incluyendo los establecimientos hoteleros y otros de caracter comercial, social cultural y religioso. 12. Proponer las normas y directivas complementarias que MORDAZA necesarias para el mejor cumplimiento de las disposiciones emanadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil y/o por el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y su Reglamento. 13. Atender y canalizar las denuncias del publico en materia de Gestion del Riesgo de desastres, que por su naturaleza requiera atencion municipal, coordinando con las instituciones pertinentes. 14. Coordinar, supervisar y evaluar la correcta formulacion y aplicacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, en el ambito de su competencia. Articulo Segundo.- Deroguese y/o dejese sin efecto todas las disposiciones normativas y/o administrativas que se opongan y/o contravengan a la presente ordenanza. Articulo Tercero.- La presente disposicion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 710563-1

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