Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2011 (30/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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se encuentren, podran ser canceladas al contado con los siguientes beneficios: · Descuento del 70% del importe de la multa. · Condonacion del 100% de costas y gastos por procedimiento de cobranza coactiva. Quedan exceptuadas de este beneficio las multas comprendidas en los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 398-MSS, Ordenanza Nº 399-MSS y Ordenanza Nº 402-MSS. El pago de la multa administrativa que realice el obligado acogiendose a la presente Ordenanza, unicamente lo beneficiara en cuanto al descuento recibido en el pago de la multa administrativa. Las medidas complementarias tales como clausuras, demoliciones, retiro de anuncios, retiro de materiales en la via publica, entre otras, derivadas de la resolucion sancionadora que impusiera la multa, seguiran vigentes, en tanto no MORDAZA regularizadas en la forma legal correspondiente o cese el acto tipificado como infraccion, continuando, en tanto no se cumpla con estas condiciones en tramite las acciones de ejecucion de la medida complementaria. Articulo Quinto.- CONDICIONES GENERALES Para el caso de deudas tributarias: 1. Los beneficios dispuestos seran de aplicacion para pagos al contado que cancelen la totalidad de las cuotas. 2. Los beneficios se aplicaran al pago de las deudas que el contribuyente indique, a excepcion de las deudas por convenios de fraccionamiento donde el pago debera efectuarse empezando por la cuota mas antigua. 3. Tratandose de personas juridicas, el beneficio se aplicara al pago al contado que cancele todas las obligaciones tributarias del ejercicio completo. Para el caso de multas administrativas, los beneficios seran de aplicacion solo para el pago que cancele la totalidad de la multa. Articulo Sexto.- REQUISITOS Constituyen requisitos para acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente Ordenanza: 1. Que la deuda objeto de acogimiento no se encuentre impugnada. De ser el caso, debera presentarse el desistimiento conforme se dispone en el articulo siguiente. 2. Que el solicitante no se encuentre en MORDAZA de fiscalizacion tributaria. 3. Que el solicitante cumpla con presentar la Declaracion Jurada de Actualizacion de Datos o MORDAZA de haber actualizado los mismos en los ultimos treinta dias. Tratandose de multas administrativas, es requisito la MORDAZA del desistimiento del recurso impugnativo presentado. Articulo Septimo.- DESISTIMIENTO Para acogerse a los beneficios de la presente ordenanza, la deuda objeto de acogimiento no debera ser materia de recurso impugnativo o judicial, bajo sancion de nulidad. De encontrarse en tramite algun recurso impugnativo, se debera presentar el correspondiente escrito de desistimiento con firma autenticada por Fedatario o legalizada por Notario. En caso de procesos judiciales o apelaciones en el Tribunal Fiscal, se debera presentar MORDAZA del cargo de recepcion del desistimiento ingresado ante el Poder Judicial o el Tribunal Fiscal. Articulo Octavo.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no seran materia de devolucion y/o compensacion. Articulo Noveno.- MONTOS RETENIDOS Los montos que se retengan como producto de la ejecucion de medidas cautelares, se imputaran a la deuda respectiva sin los beneficios establecidos en los articulos precedentes. Articulo Decimo.Los beneficios de la presente ordenanza no son de aplicacion conjunta con otros beneficios o regimenes

especiales, existentes durante su vigencia, pudiendo optar el administrado por aquel que resulte mas favorable a sus intereses. Articulo Decimo Primero.Condonese la deuda existente a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, compuesta unicamente por los siguientes conceptos: a) multas tributarias, b) derechos de emision, c) costas y gastos coactivos derivados de deudas tributarias, multas administrativas y medidas complementarias, que corresponda a los contribuyentes que no registren deudas por otros conceptos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y hasta el 30 de noviembre de 2011. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza; asi como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgacion y difusion oportuna de sus alcances. Cuarta.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza por el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme prescribe el Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 710587-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la municipalidad
ORDENANZA N° 139/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 24 de octubre del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru modificado por el Articulo unico de la Ley N° 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, con fecha 31 de MORDAZA de 2011, mediante la Ordenanza N° 133-MVMT, publicada en el diario Oficial El Peruano el 05 de junio del 2011, se aprueba la modificacion

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