TEXTO PAGINA: 61
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de octubre de 2011 452579 Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Desarrollo Económico, conforme a sus atribuciones. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 710525-1 Prorrogan plazo de vigencia de los incentivos tributarios otorgados mediante Ordenanza Nº 137-2011/ MLV DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2011-ALC/MLV La Victoria, 27 de octubre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 118-2011-GR-MDLV de fecha 25 de octubre de 2011 de la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 384-2011-GAJ/MDLV del 26 de octubre de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 137-2011/MLV, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 1 de octubre de 2011, se aprobó el otorgamiento de incentivos tributarios por Actualización de Datos y Formalización de Inscripción de Predios a favor de los contribuyentes del distrito La Victoria, con el objeto de promover la captación de nuevos contribuyentes y el saneamiento de predios omisos y subvaluadores, a fi n de ensanchar la base tributaria y de esta forma mejorar la distribución de las tasas por arbitrios municipales durante el ejercicio 2012; Que, los incentivos otorgados mediante la citada Ordenanza han tenido un impacto positivo en los contribuyentes del distrito, quienes masivamente han presentado las declaraciones juradas de actualización de datos de sus predios o han formalizado el registro de predios no inscritos. Debido a ello se ha permitido depurar la información de nuestra base de datos e incrementar la recaudación del Impuesto Predial, lo cual incide favorablemente en el cumplimiento de la meta establecida para el segundo semestre del ejercicio 2011 por el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, mediante la Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 137-2011/MLV se facultó al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación, en mérito a lo cual la Gerencia de Rentas ha propuesto que se prorrogue la vigencia de dicha normas hasta el 28 de noviembre de 2011, toda vez que al emitirse se estableció su periodo de vigencia sólo hasta el 31 de octubre de 2011; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales que sirvieron de base para emitir la Ordenanza Nº 137-2011-MLV, contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Rentas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante documentos de vistos, y en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vigencia de los incentivos tributarios otorgados mediante Ordenanza Nº 137-2011/MLV, hasta el 28 de noviembre de 2011. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración Documentaria e Informática y a la Gerencia de Imagen Institucional, de acuerdo a sus atribuciones y competencias. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 710522-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Establecen el beneficio extraordinario de descuento para el pago de resoluciones de multa y de sanción administrativas ORDENANZA Nº 300-MDL Lince, 26 de octubre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 36 de fecha 19 de Octubre del 2011, emitido por la Comisión de Economía y Administración, con votación por UNANIMIDAD de los señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE DESCUENTO PARA EL PAGO DE RESOLUCIONES DE MULTA ADMINISTRATIVA Y DE SANCION ADMINISTRATIVA Articulo 1º.- OBJETO Establecer en el distrito de Lince, un instrumento normativo que permita la depuración, saneamiento y cobranza de Resoluciones de Multa Administrativa o de Sanción Administrativa, existentes en la base de datos de la Unidad de Recaudación y Control, y de la Unidad de Ejecución Coactiva, considerados de dudosa recuperación. Asimismo facilitar mecanismos de pago que permitan a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones administrativas e implementación de mecanismos a fi n de confi rmar y/o depurar, de ser el caso, los saldos por cobrar por este concepto. Articulo 2º.- SUJETOS BENEFICIADOS Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza todas las personas naturales y/o jurídicas que mantengan deudas pendientes de pago por concepto de Resoluciones de Multas Administrativas o de Sanción Administrativa, emitidas desde el 2002 hasta el momento de entrada en vigencia la presente Ordenanza. Articulo 3º.- ALCANCES El Benefi cio Extraordinario comprende lo siguiente: a) La condonación del 90% de las Resoluciones de Multas Administrativas o de Sanción Administrativa que se encuentre en vía ordinaria y/o coactiva, del año 2002 al año 2006; b) La condonación del 80% de las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sanción Administrativa que se encuentren en vía ordinaria y/o coactiva del año 2007 al año 2008. c) La condonación del 70% de las Resoluciones de Multas Administrativas o de Sanción Administrativa que se encuentren en vía ordinaria y/o coactiva de los años 2009, 2010 y 2011, antes y durante la vigencia de la presente Ordenanza, cualquiera sea el estado en que se encuentre siempre y cuando el pago sea al contado.