Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2011 (04/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CODIGO XXXX INFRACCION Por distribuir o permitir la distribucion gratuita promocional de productos de tabaco a menores de 18 anos. Por promocionar, vender, donar o distribuir juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco a que resulten atractivos a menores de edad. Por colocar suministro de maquinas expendedoras en lugares con acceso de menores de edad.

NORMAS LEGALES
Sancion(% UIT) 1 UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA NOTAS

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de setiembre de 2011

MORDAZA LEGAL LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011

XXXX

1 UIT

XXXX

1UIT

XXXX

XXXX

Por permitir en los espectaculos publicos no deportivos y que esten dirigidos a menores de edad o que se permita el ingreso de los mismos, promocion, venta o distribucion de productos de tabaco o de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco. Por establecer areas para fumadores.

1 UIT

CLAUSURA TEMPORAL O Se ordenara adicionalmente SUSPENSION DE LICENCIA, el decomiso de los bienes SEGUN CORRESPONDA respectivos. El cierre LEY Nº 28705, definitivo o cancelacion D.S.Nº 015-2008-SA, se aplicara frente a la D.S. Nº 001- 2010-SA, reiteracion en la infraccion D.S Nº001-2011-SA CLAUSURA TEMPORAL O Se ordenara adicionalmente LEY Nº 28705, SUSPENSION DE LICENCIA, el decomiso de los bienes D.S. Nº 015-2008- SA SEGUN CORRESPONDA respectivos. El cierre D.S. Nº 001- 2010-SA, definitivo o cancelacion D.S. Nº 001-2011-SA se aplicara frente a la reiteracion en la infraccion LEY Nº 28705, CLAUSURA TEMPORAL O D.S. Nº 015-2008-SA, SUSPENSION DE LICENCIA, D.S. Nº 001-2010-2010-SA, SEGUN CORRESPONDA D.S. Nº 001-2011-SA CLAUSURA TEMPORAL O El cierre definitivo o LEY Nº 28705, SUSPENSION DE LICENCIA, cancelacion se aplicara D.S. Nº015-2008-SA, SEGUN CORRESPONDA frente a la reiterancia en la D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA infraccion. RETIRO DE LA PUBLICIDAD LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA RETIRO DE LA PUBLICIDAD LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA CLAUSURA TEMPORAL O Se ordenara adicionalmente LEY Nº 28705, SUSPENSION DE LICENCIA, el decomiso de los bienes D.S..Nº 015-2008-SA, SEGUN CORRESPONDA respectivos. El cierre D.S. Nº 001- 2010-SA, definitivo o cancelacion D.S. Nº001-2011-SA se aplicara frente a la reiteracion en la infraccion. LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA RETIRO DE PUBLICIDAD LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S Nº001-2011-SA LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA LEY Nº 28705, CLAUSURA TEMPORAL O D.S. Nº 015-2008- SA SUSPENSION DE LICENCIA, D.S. Nº 001- 2010-SA, SEGUN CORRESPONDA D.S. Nº 001-2011-SA LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº001-2011-SA CLAUSURA TEMPORAL El cierre definitivo o LEY Nº 28705, O SUSPENSION DE cancelacion se aplicara D.S. Nº 015-2008- SA LICENCIA, SEGUN frente a la reiterancia en la D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA infraccion. CORRESPONDENCIA

2 UIT

XXXX

Por publicar productos de tabaco en un radio 500 metros de instituciones educativas de cualquier nivel, MORDAZA publicas o privadas. Por patrocinar con la MORDAZA de cualquier producto de tabaco un evento o actividad destinados a menores de edad. Por comercializar cajetillas de cigarrillos que contengan menos de diez unidades, incluyendo el expendio unitario de cigarrillos.

0,1 UIT

XXXX

1 UIT

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1 UIT

XXX

Por impedir, deteriorar o remover pruebas de contaminacion ambiental. Por publicar productos de tabaco en actividades deportivas de cualquier tipo. Por publicitar productos de tabaco en prendas de vestir. No exhibir o exhibir inadecuadamente los carteles referidos en la Ley y el Reglamento Por obstruir o danar las frases que constituyen las advertencias sanitarias. Por infringir otras disposiciones de la Ley y el Reglamento relacionadas con la comercializacion de productos de tabaco.

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XXX

1 UIT

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0,1 UIT

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CAPITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Gerencia Municipal y la Gerencia de Rentas efectuaran coordinaciones periodicas con la Direccion Regional de Salud o la que haga sus veces en la jurisdiccion, para realizar las inspecciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Rentas efectuar las condiciones necesarias que permitan en breve se implementen las acciones dispuestas en la presente Ordenanza. Tercera.- Se otorga a todos los establecimientos comprendidos en la presente Ordenanza, el plazo de 30 dias calendario para adecuarse a las disposiciones de la Ley Nº 28705, Ley Nº29517, sus Reglamentos y la presente Ordenanza; plazo que se empezara a computar desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza

en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Humano, Patrimonial Monumental y Turismo, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y Gerencia de Imagen Institucional y/o otras, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y cobrara eficacia al termino del plazo senalado en la Tercera Disposicion Transitoria y Final. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA

685208-2

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