NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (04/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de setiembre de 2011 449486 CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Gerencia Municipal y la Gerencia de Rentas efectuarán coordinaciones periódicas con la Dirección Regional de Salud o la que haga sus veces en la jurisdicción, para realizar las inspecciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Rentas efectuar las condiciones necesarias que permitan en breve se implementen las acciones dispuestas en la presente Ordenanza. Tercera.- Se otorga a todos los establecimientos comprendidos en la presente Ordenanza, el plazo de 30 días calendario para adecuarse a las disposiciones de la Ley Nº 28705, Ley Nº29517, sus Reglamentos y la presente Ordenanza; plazo que se empezará a computar desde el día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Humano, Patrimonial Monumental y Turismo, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y Gerencia de Imagen Institucional y/o otras, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y cobrará efi cacia al término del plazo señalado en la Tercera Disposición Transitoria y Final. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 685208-2 CODIGO INFRACCION Sanción(% UIT) MEDIDA COMPLEMENTARIA NOTAS NORMA LEGAL XXXX Por distribuir o permitir la distribución gratuita promocional de productos de tabaco a menores de 18 años. 1 UIT LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011 XXXX Por promocionar, vender, donar o distribuir juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco a que resulten atractivos a menores de edad. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicara frente a la reiteración en la infracción LEY Nº 28705, D.S.Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S Nº001-2011-SA XXXX Por colocar suministro de maquinas expendedoras en lugares con acceso de menores de edad. 1UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicara frente a la reiteración en la infracción LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX Por permitir en los espectáculos públicos no deportivos y que estén dirigidos a menores de edad o que se permita el ingreso de los mismos, promoción, venta o distribución de productos de tabaco o de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSION DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX Por establecer áreas para fumadores. 2 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSION DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiterancia en la infracción. LEY Nº 28705, D.S. Nº015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX Por publicar productos de tabaco en un radio 500 metros de instituciones educativas de cualquier nivel, sean públicas o privadas. 0,1 UIT RETIRO DE LA PUBLICIDAD LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX Por patrocinar con la marca de cualquier producto de tabaco un evento o actividad destinados a menores de edad. 1 UIT RETIRO DE LA PUBLICIDAD LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001-2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX Por comercializar cajetillas de cigarrillos que contengan menos de diez unidades, incluyendo el expendio unitario de cigarrillos. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiteración en la infracción. LEY Nº 28705, D.S..Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº001-2011-SA XXX Por impedir, deteriorar o remover pruebas de contaminación ambiental. 1UIT LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXX Por publicar productos de tabaco en actividades deportivas de cualquier tipo. 1 UIT RETIRO DE PUBLICIDAD LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S Nº001-2011-SA XXXX Por publicitar productos de tabaco en prendas de vestir. 0,1UIT LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX No exhibir o exhibir inadecuadamente los carteles referidos en la Ley y el Reglamento 1UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA XXXX Por obstruir o dañar las frases que constituyen las advertencias sanitarias. 0,1 UIT LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008-SA, D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº001-2011-SA XXXX Por infringir otras disposiciones de la Ley y el Reglamento relacionadas con la comercialización de productos de tabaco. 1UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDENCIA El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiterancia en la infracción. LEY Nº 28705, D.S. Nº 015-2008- SA D.S. Nº 001- 2010-SA, D.S. Nº 001-2011-SA