Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2011 (04/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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· El Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, quien la presidira. · La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, en calidad de Secretaria Tecnica. · Un representante por cada Municipalidad Provincial de la Region Junin. · Un representante de cada Direccion Regional Sectorial del Gobierno Regional Junin. · Un representante de la Defensoria del Pueblo. · Un representante de cada Universidad de la Region. · Un representante del Sector Privado Minero y Metalurgico. · Un representantes de las ONG'S especializadas en asuntos ambientales. · Un representante de la Fiscalia Especializada en Materia Ambiental. · Un representante de las Camaras de Comercio de la Region. · Un representante de las Comunidades Nativas · Un representante de las Comunidades Campesinas · Un representante de la Mesa de Dialogo Ambiental. · Un representante del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas (SERNANP). · Un representante de la Autoridad Local del Agua. · Otros que la Comision Ambiental de la Region MORDAZA disponga en acuerdo colegiado. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, bajo responsabilidad la integracion e instalacion de la Comision Ambiental de la Region MORDAZA, en el plazo de 30 dias siguientes a la vigencia de la presente MORDAZA regional. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Comision Ambiental de la Region MORDAZA, luego de integrada, la formulacion del Reglamento de la presente Ordenanza Regional en el plazo de 90 dias el cual sera aprobado mediante acuerdo de su Colegiado y por Decreto Regional. Articulo Cuarto.- DEROGUESE o MODIFIQUESE toda normatividad que se oponga a la presente MORDAZA Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 9 dias del mes de agosto de 2011. EDDY R. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 10 dias del mes de agosto de 2011.. MORDAZA ROY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA

VISTO: en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 1 de setiembre de 2011, el Informe Nº 612-2011-SGCAT/HU-GDUMDEA, del Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas e Informe Nº 326-2011-GAJ-MDEA del Gerente de Asesoria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo que dispone el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, rigen su accionar por lo que dispone la constitucion politica, la Ley Organica de Municipalidades y demas normas legales y tecnicas que, con arreglo a la constitucion, regulan el funcionamiento y actividades del sector publico, conforme lo dispone el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, entre las competencias municipales se encuentra la de crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley Organica de Municipalidades, la Ley de Tributacion Municipal (Decreto Legislativo 776), el codigo tributario y demas normas complementarias; asimismo, entre las funciones exclusivas de las Municipalidades distritales esta la de disponer la nomenclatura de las Avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeracion predial, conforme lo dispone el articulo 79º, numeral 3.4 de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el beneficio administrativo de pago por certificado de numeracion a instituciones publicas y organizaciones sociales sin fines de lucro, como son Instituciones Educativas Publicas, Parroquias, Hospitales Nacionales, Centros de Salud, Comisarias, Locales Comunales inscritos o determinados para dichos fines, asimismo a los predios con uso de vivienda y comercio y cumplan con los procedimientos de tramites dispuestos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente, Ley Nº 29090, Articulo 49º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, propuesta que es considerada viable por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 326-2011-GAJ-MDEA. Que, mediante Informe Nº 612-2011-SGCAT/HU-GDUMDEA el Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas propone que se implemente el beneficio administrativo de tramite de certificado de numeracion y asignacion de numeracion predial a todos los predios que carecen de numeracion municipal, edificaciones informales y otros que cuentan con numeracion entregada sin criterio y medio sustentatorio y que actualmente vienen generando inconvenientes con referencia a las numeraciones reprogramadas; Que, estando a lo dispuesto por los articulos 20º numeral 5), 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo Municipal, con el MORDAZA Unanime de los Regidores, y con la dispensa del tramite de comisiones, lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO ADMINISTRATIVO PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE TRAMITE POR EMISION DE CERTIFICADO DE NUMERACION Y ASIGNACION DE NUMERACION PREDIAL Articulo 1º.- ESTABLECER beneficio administrativo para los procedimientos de tramite por emision de certificado de numeracion y asignacion de numeracion predial correspondiente a la MORDAZA principal de cada predio S/. 10.00 nuevos soles y S/. 5.00 por cada MORDAZA adicional conforme a los requisitos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente, Ley Nº 29090 y el Articulo 49º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, cuya vigencia es hasta el 30 de Diciembre del 2011. Articulo 2º.- ENCARGAR al Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas a elaborar una MORDAZA masiva de otorgamiento de certificado de numeracion o asignacion de numeracion predial por zonas mediante notificacion o requerimientos administrativos (Cartas circulares) para realizar el respectivo tramite. Articulo 3º.- DISPONER que el Sub Gerente de Fiscalizacion Administrativa, coordine con el Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas, para efectuar las notificaciones respectivas a los predios que no hayan realizado la tramitacion de la numeracion en todas las zonas que conforman el distrito y aquellas que no hayan cumplido con los requerimientos administrativos, en conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones. Articulo 4º.- ENCARGAR al Gerente Municipal, Gerente de Desarrollo MORDAZA y a las demas areas

680369-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen beneficio administrativo para los procedimientos de tramite por emision de certificado de numeracion y asignacion de numeracion predial
ORDENANZA Nº 499-MDEA
El MORDAZA, 1 de setiembre del 2011 EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA

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