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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de setiembre de 2011 450229 Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, o cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, o cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. El Comité Especial deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, debiendo bajo responsabilidad, remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada por el participante. El plazo para emitir y notifi car el pronunciamiento a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE será no mayor de cinco (05) días hábiles. Los plazos son improrrogables y serán contados desde la presentación del expediente completo por parte de la Entidad. De no emitir pronunciamiento dentro del plazo establecido, se devolverá el importe de la tasa, manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento. 9.- Acto de presentación de propuestas Los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro serán públicos debiéndose realizar en presencia del Comité Especial, de los postores y con la participación de un Notario o Juez de Paz en los lugares donde no exista Notario. Estos actos se llevarán a cabo en la fecha y hora señaladas en la convocatoria, salvo que se posterguen, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias. 10.- Consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los tres (3) días hábiles de la notifi cación de su otorgamiento, siempre que los postores no hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. Para constatar que la Buena Pro quedó consentida, la Entidad deberá verifi car en el detalle del proceso de selección registrado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, si se interpuso el respectivo recurso impugnativo. En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notifi cación de su otorgamiento. Una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el Comité Especial remitirá el Expediente de Contratación al órgano encargado de las contrataciones de la entidad, el que asumirá competencia desde ese momento para ejecutar los actos destinados a la formalización del contrato. El consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro deberá ser publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE al día siguiente de producido. 11.- Recurso de apelación En las contrataciones reguladas por el presente Decreto de Urgencia se podrán impugnar los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato mediante recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 53° del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y en el Capítulo XII del Título II de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias. La Entidad resolverá el recurso de apelación y notifi cará su decisión a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, en un plazo de diez (10) días hábiles de admitido el recurso. El Tribunal de Contrataciones del Estado tendrá igual plazo para resolver y notifi car, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso deberá pronunciarse dentro de los quince (15) días hábiles. 12.- Plazo para la suscripción de contrato Una vez que quede consentido o administrativamente fi rme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá citar al postor ganador dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro. El plazo para suscribir el contrato será de hasta cinco (5) días hábiles contados a partir de la citación, pudiendo la Entidad otorgar un plazo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, dentro del cual el postor ganador deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. 692749-1 CASA DE GOBIERNO Designan Director de Logística del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DEL JEFE DE LA CASA DE GOBIERNO Nº 049-2011-DP/JCGOB Lima, 19 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Logística del Despacho Presidencial; Que, en tal sentido, es necesario designar a la persona que ocupará el referido cargo; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el literal q) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designación Designar al señor Neal Martín Maura Gonzáles, en el cargo de Director de Logística del Despacho Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHUQUIHUARA Secretario General de la Presidencia de la República 692749-12 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Primera Dama de la Nación y su comitiva a EE.UU., acompañando al Presidente de la República en su participación en el Debate General de la 66a Asamblea General de las Naciones Unidas y otras actividades RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2011-PCM Lima, 19 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Presidente Constitucional de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 20 y 25