Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Italiano ha ofrecido una vacante para que un (1) Cadete de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, participe en el Curso de Formacion de Cadetes, a impartirse en la Academia MORDAZA de Livorno, Republica Italiana, del 20 de setiembre de 2011 al 30 de setiembre de 2016; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses Institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Cadete MORDAZA de 1er. Ano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el Curso de Formacion de Cadetes, a impartirse en la Academia MORDAZA de Livorno, Republica Italiana, del 20 de setiembre de 2011 al 30 de setiembre de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formacion/Calificacion/Especializacion, Item 70, Anexo 1 (RO), mediante Resolucion Suprema Nº 252-2011-DE, de fecha 22 de junio de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2011, aprobado con Resolucion Suprema Nº 015-2011-DE, del 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; Que, la duracion del curso es de cinco (5) anos, que incluye los anos academicos 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, por lo que los pagos del 20 de setiembre al 31 de diciembre de 2011, se efectuaran con cargo al presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y los pagos para los periodos restantes, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal correspondiente; Que, de conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598, el Cadete MORDAZA nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios, por cuenta del Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Articulo y conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Cadete MORDAZA de 1er. Ano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01122087 y DNI. 73360504, para que participe en el Curso de Formacion de Cadetes, a impartirse en la Academia MORDAZA de Livorno, Republica Italiana, del 20 de setiembre de 2011 al 30 de setiembre de 2016. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo con los conceptos siguientes:

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 500.00 x 3 meses x 1 persona US$ 500.00 / 30 x 11 dias (setiembre) x 1 persona Gastos de Traslado: (Ida) (Equipaje, Bagaje e Instalacion) US$ 500.00 x 1 compensacion x 1 persona Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Cadete MORDAZA comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- El mencionado Cadete MORDAZA revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 6º.- El citado Cadete MORDAZA esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 692749-11

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 171-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Articulo 4° de la Ley Nº 29627, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 436 450 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Programa de Reduccion de Vulnerabilidad del Estado ante Desastres II", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) del numeral 4.1 del Articulo 4° de la Ley N° 29627; Que, el citado endeudamiento sera destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda publica en

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