NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de setiembre de 2011 450241 b) De Empleabilidad: promueve el desarrollo de competencias laborales de la población benefi ciaria en su ámbito de intervención; o que implementen y fortalezcan centros de formación profesional vinculados a la demanda laboral; a través del impulso de programas y proyectos de responsabilidad social empresarial; y c) De Emprendimiento: promueve la generación de oportunidades de autoempleo e iniciativas de emprendimiento productivo y formal, a través del impulso de programas y proyectos de responsabilidad social empresarial. Artículo 2º.- Componentes estratégicos del Programa Los objetivos del Programa “PERÚ RESPONSABLE” se realizan a través de los siguientes componentes: a) Empleo en proyectos de Infraestructura Económica. b) Capacitación e Inserción Laboral. c) Empleo y Emprendimiento en Proyectos de Infraestructura Productiva. Artículo 3º.- Registro de Empresas Socialmente Responsables Créase el Registro de Empresas Socialmente Responsables, a cargo del programa PERÚ RESPONSABLE, en el cual, se inscriben voluntariamente los proyectos o programas de responsabilidad social empresarial en el ámbito del programa Perú Responsable. Artículo 4º.- Certifi cación de Empresas Socialmente Responsables Créase la certifi cación “PERÚ RESPONSABLE”, que extiende el programa PERÚ RESPONSABLE, con el objeto de acreditar, la realización de uno de los objetivos del programa PERÚ RESPONSABLE, a través de la responsabilidad social empresarial. Artículo 5º.- Financiamiento del Programa El Programa “PERÚ RESPONSABLE” es fi nanciado con recursos del Tesoro Público, donaciones, cooperación técnica internacional y otras fuentes de fi nanciamiento. Artículo 6º.- Del Consejo Directivo El Programa “PERÚ RESPONSABLE” cuenta con un Consejo Directivo integrado por: a) Dos representantes del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales lo preside, con voto dirimente; b) Un representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo; y, c) Un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 7º.- Funciones del Consejo Directivo Las funciones del Consejo Directivo son: a) Aprobar el Plan de Gestión Institucional, las políticas y lineamientos del Programa; b) Evaluar la ejecución del Programa; c) Aprobar la Memoria Anual del Programa elaborada y presentada por el Coordinador Ejecutivo; d) Emitir opinión previamente a la aprobación del Manual de Operaciones; y, e) Las demás que establezca el Manual de Operaciones. Artículo 8º.- Del Coordinador Ejecutivo El Programa “PERÚ RESPONSABLE” cuenta con un Coordinador Ejecutivo, quien es designado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene las siguientes funciones: a) Propone a la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo los lineamientos de política institucional del Programa; b) Informa a la Alta Dirección sobre el desarrollo y ejecución del Programa; c) Formula directivas, reglamentos, instrumentos y procedimientos de carácter técnico operativo del Programa; d) Promueve la articulación de los servicios del Programa con los órganos de la entidad vinculados; e) Dirige y monitorea la ejecución de los servicios de programa; f) Aprueba y suscribe convenios de acuerdo a su competencia; g) Expide resoluciones dentro del ámbito de su competencia; h) Elabora la Memoria Anual del Programa; y, i) Ejerce las demás funciones que se determinen en el Manual de Operaciones. Artículo 9º.- Del Comité de Supervisión y Transparencia La supervisión del cumplimiento de los objetivos del Programa “PERÚ RESPONSABLE” está a cargo de un Comité Nacional de Supervisión y Transparencia, cuya conformación se establece en el Manual de Operaciones. Artículo 10º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Continuidad Administrativa El Programa “PERÚ RESPONSABLE” es una actividad que forma parte de la unidad ejecutora 005 – Programa de Emergencia Social Productivo - Construyendo Perú transformado por el Decreto Supremo Nº 012-2011-TR en la unidad ejecutora 005 - Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria. Segunda.- Normas Complementarias Mediante Resolución Ministerial se expiden las disposiciones complementarias al presente Decreto Supremo. El programa podrá establecer lineamientos y emitir directivas de índole operativa para su funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el Manual de Operaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Aprobación del Manual de Operaciones El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba el Manual de Operaciones del Programa “PERÚ RESPONSABLE”, mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguense las normas en materia de responsabilidad social empresarial generadoras de empleo, empleabilidad y autoempleo, que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 692749-4 Decreto Supremo que crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” DECRETO SUPREMO Nº 016-2011-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA