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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de abril de 2012 463573 Artículo 3º.- Establecer que la creación de nuevas carreras profesionales en la Escuela Superior de Música Pública José María Valle Riestra Piura requieren de la coordinación previa con la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento al inciso e) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución y transcribirla a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores para los fi nes que dispone la Ley. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 771138-1 Aprueban para su ejecución los planes de estudio de carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón de Ica COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0257-2012-ANR Lima, 7 de marzo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 204-2011-GORE-DREI-ESFAP “SG”- DG, de fecha 19 de setiembre de 2011; el informe Nº 040-2012-DGDAC, de fecha 26 de enero de 2012; el memorando Nº 0111-2012-SE, de fecha 30 de enero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29696, modifi ca el artículo 99º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, incorporando en sus alcances a determinados Centros Superiores de Arte y Música, entre ellos, a la Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón de Ica, con sede en la ciudad de Ica, estableciéndose que mantiene el régimen académico de gobierno y de economía establecidos por las leyes que lo rige y asimismo se establece que tiene los mismos deberes y derechos que confi ere la Ley Universitaria para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestrías y doctorado; debiendo ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolución Nº 0599-2011-ANR, se aprobó la “Guía para la Adecuación de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733” con el objetivo de incorporar adecuadamente al Sistema Universitario del país a las instituciones educativas no universitarias que por mandato de Ley se les otorgue los derechos y deberes que la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, establece para las universidades del país; Que, dentro del marco legal precitado, mediante ofi cio de vistos, el Director General de la Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón de Ica, presenta los planes de estudio de las carreras profesionales que imparte, para su evaluación y fi nes consiguientes: • Carrera Profesional de Artista Profesional Artes Plásticas y Visuales. • Carrera Profesional de Educación Artística Artes Plásticas y Visuales. Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores informa que los Planes de Estudio de las carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón, han sido elaborados en base a los criterios establecidos en el artículo 23º de la Ley Nª 23733, Ley Universitaria, y lo normado por la “Guía para la Adecuación de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733” por lo que opina favorablemente a emitir la correspondiente resolución de aprobación; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución, conforme al informe Nº 040-2012-DGDAC, por la que se declare que Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón ha organizado el plan de estudios de las carreras que imparte de acuerdo al artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón de Ica, con sede en la ciudad de Ica, ha organizado los planes de estudio de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y lo normado por la “Guía de Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”; quedando en consecuencia aprobados para su ejecución: • Carrera Profesional de Artista Profesional Artes Plásticas y Visuales. • Carrera Profesional de Educación Artística Artes Plásticas y Visuales. Artículo 2º.- Precisar que las carreras antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas. Artículo 3º.- Establecer que la creación de nuevos programas profesionales en la Escuela Superior de Formación Artística Sérvulo Gutiérrez Alarcón de Ica requieren de la coordinación previa con la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento al inciso e) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución y transcribirla a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores para los fi nes que dispone la Ley. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 771140-1 Aprueban para su ejecución los planes de estudio de carreras que imparte la Escuela Superior de Formación Artística Pública de Puno (ESFAP – Puno) RESOLUCIÓN Nº 0258-2012-ANR Lima, 7 de marzo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES