Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2012 (11/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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cuatro (4) meses. 3) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion y Finanzas por el plazo cuatro (4) meses. 4) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tramite Documentario por el plazo de cuatro (4) meses. 5) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Gerente de Desarrollo MORDAZA e Integrante de Comite de Recepcion, por un plazo de cuatro (4) meses; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 774674-1

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la notificacion de la presente resolucion a las unidades organicas competentes de la entidad, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 774670-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Modifican la Ordenanza N° 160-MDPH que regula la extraccion de materiales en los alveos y cauces de los MORDAZA
ORDENANZA Nº 217-2012-MDPH Punta MORDAZA, 12 de marzo de 2011 EL MORDAZA DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO, En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de Marzo de 2012, el Informe Legal Nº 033-2012/MDPH-OAJ emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, y el Informe N° 038-2012-OR-MDPH de fecha 05 de Marzo de 2012, respecto del Proyecto de Ordenanza que modifica el Articulo 12° de la Ordenanza Nº 160-MDPH que fue modificada por la Ordenanza N° 187-2010-MDPH; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, en concordancia con la autonomia politica que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al concejo municipal la funcion normativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa fundamental a traves de las Ordenanzas Municipales, las mismas que de conformidad con lo previsto por el inciso 4) del Articulo 200° de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia del Articulo 194° del mismo cuerpo de la Carta Magna, ostenta rango de Ley; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTICULO 9 DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBO POR UNANIMIDAD LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 12 DE LA ORDENANZA Nº 160-MDPH, QUE FUE MODIFICADA POR EL ARTICULO PRIMERO DE LA ORDENANZA N° 187-2010-MDPH Articulo Primero.- MODIFICACION DEL ARTICULO 12 DE LA ORDENANZA Nº 160-MDPH QUE REGULA LA EXTRACCION DE MATERIALES EN LOS ALVEOS Y CAUCES DE LOS MORDAZA, LA MISMA QUE FUE MODIFICADA POR LA ORDENANZA N° 187-2010MDPH. MODIFICASE el Articulo 12 de la Ordenanza N° 160MDPH referido al pago de los derechos, la misma que tendra el siguiente texto:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Renuevan facultades delegadas en el Gerente Municipal mediante R.A. N° 039-2011-A-MDMM
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 064-2012-A-MDMM MORDAZA MORDAZA, 15 de febrero de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 039-2011-AMDMM del 03 de enero de 2011, se delego en el Gerente Municipal de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, diversas facultades administrativas, siendo necesario renovar la facultad contenida en el numeral 15 del Articulo Primero de la Resolucion de Alcaldia Nº 039-2011-AMDMM del 03 de enero del 2011; Que, debido a la carga administrativa con la que cuenta el despacho de Alcaldia, se hace necesario liberarlo de cualquier rutina de ejecucion y de tareas de formalizacion de actos administrativos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RENOVAR la siguiente facultad delegada en el Gerente Municipal mediante Resolucion de Alcaldia Nº 039-2011-A-MDMM del 03 de enero de 2011: · Las facultades establecidas en el numeral 7.2 del articulo 7º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, asi como la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico y demas modificaciones presupuestarias que requieran ser aprobadas por el Titular del Pliego, en aplicacion de lo dispuesto en el numeral 40.2 del articulo 40º, 42º y 43º de la acotada Ley Nº 28411 y en las normas complementarias en material presupuestal para cada ejercicio presupuestario. Articulo Segundo.- La Gerencia Municipal, se encuentra facultada a emitir Resoluciones de su nivel para el cabal cumplimiento de las atribuciones delegadas, de conformidad con lo senalado en el articulo precedente. Articulo Tercero.- DEJESE SIN EFECTO todas las disposiciones de igual o menor rango que se opongan a la presente resolucion.

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