Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2012 (11/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2012

"Articulo 12°.- Los derechos por concepto de extraccion de los materiales extraidos de los alveos y causes de los MORDAZA a cancelar por los titulares del permiso, sera de 0.05% del valor de la UIT vigente por metro cubico. Respecto al material grueso que para producirlo implique un MORDAZA de conversion mediante medios mecanicos (piedra chancada), los derechos por concepto de extraccion de materiales a cancelar por los titulares del permiso sera de 0.025% de la UIT vigente, en ambos casos en relacion al volumen extraido y sera pagado de manera semanal a la tesoreria de la Municipalidad previa liquidacion presentada y evaluada por la Jefatura de Rentas". Articulo Segundo.- MORDAZA DEROGATORIA DEROGASE la Ordenanza N° 187-2010-MDPH. Articulo Tercero.- VIGENCIA La presente ORDENANZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 774251-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 465-MSB, que establece beneficio de regularizacion de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2012-MSB-A San MORDAZA, 30 marzo 2012 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe Nº 040-2012-MSB-GM-GDU, de fecha 28.03.2012 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº177-MSB-GAJ de fecha 30.03.2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 262MSB-GM de fecha 30.03.2012 de la Gerencia Municipal, sobre nueva ampliacion del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 465-MSB; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 465-MSB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de octubre del 2011, se establecio el Beneficio de Regularizacion de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia de Edificacion en el distrito, cuyo objetivo era otorgar un beneficio temporal para la regularizacion de edificaciones existentes dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA que hayan sido realizadas sin haber obtenido la correspondiente Licencia de Edificacion; Que, conforme al articulo 2º de la citada normativa, en concordancia con lo establecido en su Tercera Disposicion Transitoria y Final, se fijo el plazo de vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de diciembre del 2011; Que, asimismo, la Primera Disposicion Transitoria y Final del acotado cuerpo normativo prescribe que el MORDAZA queda facultado para que, de ser necesario, y con cargo a dar cuenta al Concejo, mediante Decreto de Alcaldia, pueda prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza citada; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 011-2011-MSBA, publicado el 14 de enero del 2012, se decreto prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 465-MSB, hasta el 31 de marzo del 2012; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en su Informe Nº 040-2012-MSB-GM-GDU, del 29 de marzo del 2012, refiere que, con fecha 26 de febrero del 2012, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 1591-MML,

por la cual la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprueba la modificacion de la Modificacion de la Reglamentacion de Parametros Urbanisticos y Edificatorios e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de las Zonas de Reglamentacion Especial (ZRE) del distrito de San MORDAZA, considerando, por tanto, pertinente que se otorgue una nueva prorroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 465-MSB, a efectos que los vecinos de dichas zonas, que cuentan con edificacion existentes sin licencia, puedan acceder a obtener la licencia de edificacion en vias de regularizacion, siempre que cumplan con las disposiciones reguladas en la normativa citada, y de esta manera acceder a la formalizacion; Que, mediante Memorandum Nº 262-MSB-GM, la Gerencia Municipal propone para aprobacion, nueva prorroga del plazo para acogimiento al beneficio bajo comento; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, aprobo el Reglamento que establece Disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, estableciendose en su articulo 14º que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico institucional; Que, el citado Decreto Supremo dispone en el numeral 3.2) del citado articulo 14º, que excepcionalmente se podra prescindir de la publicacion, cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, considere que la prepublicacion de la MORDAZA es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interes publico, y que para el presente caso el prescindir de la publicacion se justifica en el hecho que se propone la ampliacion de la vigencia de una MORDAZA que otorga beneficios para acceder a la formalidad de las construcciones ejecutadas sin licencia a traves de la regularizacion respectiva; Estando a los fundamentos expuestos, y de acuerdo a la documentacion sustentatoria del visto; en uso de las atribuciones conferidas por los articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 465-MSB, que establece el beneficio de regularizacion de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificacion en el distrito, hasta el 28 de junio del 2012. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, la Gerencia de Imagen Institucional y la Secretaria General, la difusion del presente Decreto. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Unidad de Obras Privadas y Unidad de Control Urbano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 774232-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Precisan aplicacion de lineamientos tecnicos de excepcion para los predios calificados con zonificacion residencial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-ALC/MSI San MORDAZA, 23 de marzo de 2012

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