Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Nº 506-2009-CONAFU de fecha 29 de octubre de 2009, se resolvio: Aprobar el PDI Modificado de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia con las Carreras Profesionales de: Educacion Inicial Bilingue, Educacion Primaria Bilingue, Ingenieria Agroforestal ­ Acuicola e Ingenieria Agroindustrial; Que, mediante Resolucion Nº 653-2009-CONAFU de fecha 15 de diciembre de 2009, se resolvio: "Modificar el plazo para la MORDAZA de la solicitud del PDI modificado de las universidades, de acuerdo a las siguientes causales: ...c) La autorizacion de aumento o reduccion permanente del numero de vacantes por MORDAZA profesional que ofrece la universidad, solo podra presentarse por unica vez hasta MORDAZA del termino del tercer ano de funcionamiento provisional de la universidad"; Que, por Oficio Nº 019-2012-UNIA-P recibido con fecha 31 de enero de 2012, el Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, solicita incremento de vacantes de las carreras profesionales para el MORDAZA de Admision 2012-I; Que, con Oficio Nº 206-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 24 de febrero de 2012, la Comision Academica dio a conocer al Pleno del CONAFU, que el Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, solicita incremento de vacantes para MORDAZA de Admision 2012-I, revisado y analizado el expediente; la Comision de Academica sugiere al Pleno del CONAFU: Resulta improcedente dar tramite a la solicitud de incremento de vacantes para el MORDAZA de Admision 2012-I de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; debido a que dicha universidad se encuentra a inicios del MORDAZA ano de funcionamiento provisional y este procedimiento se realiza solo hasta MORDAZA del termino del Tercer ano de funcionamiento provisional, tal como lo estipula la Resolucion Nº 653-2009-CONAFU de fecha 15 de diciembre del 2009, con la cual se establecen los plazos para la MORDAZA de las causales para modificacion del PDI y por carecer de fundamento la respectiva solicitud; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 29 de febrero de 2012, despues de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 122-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Declarar Improcedente la solicitud de incremento de vacantes para el MORDAZA de Admision 2012-I de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de incremento de vacantes para el MORDAZA de Admision 2012-I de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 774336-1

VISTOS: La Resolucion Nº 228-2003-CONAFU de fecha 15 de diciembre de 2003, la Resolucion Nº 2532005-CONAFU de fecha 22 de diciembre de 2005, la Resolucion Nº 506-2009-CONAFU de fecha 29 de octubre de 2009, la Resolucion Nº 653-2009-CONAFU de fecha 15 de diciembre de 2009, el Oficio Nº 009-2012-UNIA-P recibido con fecha 16 de enero de 2012, el Oficio Nº 2022012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 24 de febrero de 2012, y el Acuerdo Nº 123-2012-CONAFU de la Sesion de Pleno del CONAFU de fecha 29 de febrero de 2012; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, de acuerdo a su Ley de Creacion Nº 27250 la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia fue creada con las siguientes Carreras Profesionales: Educacion, Ingenieria Agroforestal-Acuicola, Ingenieria Agroindustrial y Ciencias Farmacologicas; Que, por Resolucion Nº 228-2003-CONAFU de fecha 15 de diciembre de 2003, se resuelve: Otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, para brindar servicios educativos de nivel universitario, a traves de la Facultad de Educacion y Ciencias Humanas, con las carreras profesionales de Educacion Inicial Bilingue y Educacion Primaria Bilingue; Que, mediante Resolucion Nº 253-2005-CONAFU de fecha 22 de diciembre de 2005, se resolvio: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, con las siguientes carreras profesionales: 1) Educacion Inicial Bilingue, 2) Educacion Primaria Bilingue, 3) Ingenieria Agroforestal ­ Acuicola y 4) Ingenieria Agroindustrial; Que, mediante Resolucion Nº 506-2009-CONAFU de fecha 29 de octubre de 2009, se resolvio: Aprobar el PDI Modificado de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia con las Carreras Profesionales de: Educacion Inicial Bilingue, Educacion Primaria Bilingue, Ingenieria Agroforestal ­ Acuicola e Ingenieria Agroindustrial; Que, mediante Resolucion Nº 653-2009-CONAFU de fecha 15 de diciembre de 2009, se resolvio: "Modificar el plazo para la MORDAZA de la solicitud del PDI modificado de las universidades, de acuerdo a las siguientes causales: ...b) La solicitud de ampliacion o supresion de carreras profesionales, solo podra presentarse por unica vez hasta MORDAZA del termino del MORDAZA ano de funcionamiento provisional de la universidad"; Que, por Oficio Nº 009-2012-UNIA-P recibido con fecha 16 de enero de 2012, el Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, solicita a este Consejo Nacional Autorizacion para la implementacion de la MORDAZA Profesional de Ciencias Farmacologicas Naturales; a fin de completar el numero de alumnos de acuerdo al Plan de Desarrollo Institucional; Que, con Oficio Nº 202-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 24 de febrero de 2012, la Comision Trabajo dio a conocer al Pleno del CONAFU, que el Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, solicita Autorizacion para la implementacion de la MORDAZA Profesional de Ciencias Farmacologicas Naturales, poniendo en conocimiento que la mencionada MORDAZA esta incluida en la Ley de Creacion de dicha universidad, la cual no fue implementada ni evaluada hasta la fecha; revisado y analizado el expediente; la Comision de Trabajo sugiere al Pleno del CONAFU: Resulta improcedente dar tramite a la solicitud de Implementacion de la MORDAZA Profesional de Ciencias Farmacologicas de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; debido a que dicha universidad se encuentra a inicios del MORDAZA ano de funcionamiento provisional y este procedimiento se realiza solo hasta el termino del MORDAZA ano de funcionamiento provisional, tal como lo estipula la Resolucion Nº 653-2009-CONAFU de fecha 15 de diciembre del 2009, con la cual se establecen los plazos para la MORDAZA de las causales para modificacion del PDI;

Declaran improcedente la implementacion de la MORDAZA Profesional de Ciencias Farmacologicas solicitada por la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) "UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA" RESOLUCION Nº 095-2012-CONAFU MORDAZA, 1 de marzo de 2012

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