Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2012 (15/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. g) Uso de la tecnologia aplicable al transporte de personas. Cursos especificos para realizar el transporte de mercancias: a) Urbanidad y trato con el publico. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas que regulan la prestacion de los servicios de transporte de mercancias. d) Ensenanza de las normas basicas sobre clasificacion vehicular; asi como caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del transporte de mercancias. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de mercancias, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. Articulo Segundo.- La Empresa C.J.M. GLOBAL SOCIEDAD ANONIMA, autorizada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, asi como las normas legales pertinentes. Articulo Tercero.- La Escuela autorizada impartira los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instruccion Director Docente a cargo MORDAZA MORDAZA Agustin. MORDAZA MORDAZA Serruto Jara. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendoza. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tello. MORDAZA MORDAZA Agustin. Jhony Kristan MORDAZA Oviedo. Edenson MORDAZA MORDAZA Bello. MORDAZA MORDAZA Davila. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Landauro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seminario. MORDAZA Gelver MORDAZA Herrera.

MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Setimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Asimismo, se publicara en la pagina web del Ministerio la presente Resolucion y el horario propuesto por la Escuela de Conductores C.J.M. GLOBAL SOCIEDAD ANONIMA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 775522-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS CARGA, Y MERCANCIAS
Designan responsable del Libro de Reclamaciones de SUTRAN
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, mediante Oficio Nº 0512012-SUTRAN/08, recibido el 13 de MORDAZA de 2012) RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 046-2011-SUTRAN/02 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011PCM, se establecio la obligatoriedad de las entidades de la Administracion Publica de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participacion ciudadana para asegurar la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que se les brinda; Que, el articulo 4º del citado Decreto Supremo, establece que la entidad publica esta obligada a dar respuesta al usuario, por medios fisicos o electronicos, en un plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias habiles, informandole de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro; Que, asimismo, el articulo 5º del referido Decreto Supremo, establece que mediante resolucion del titular

· Instructor Teorico de · · MORDAZA · Instructor Practico de · Manejo · Instructor Teorico ­ Practico · de Mecanica · Instructor Teorico Practico · en Primeros Auxilios · Psicologo ·

Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara

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