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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (19/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464396 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje del Viceministro de Hacienda a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2012-EF Lima, 18 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Asamblea de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial (GBM) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), celebran anualmente las Reuniones de Primavera de sus Gobernadores, en uno de sus países miembros, habiendo fijado que dichas Reuniones para el año 2012 se celebren en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 20 al 22 de abril de 2012; Que, durante las Reuniones de Primavera se realizan, entre otras, las reuniones del Comité para el Desarrollo, órgano conjunto del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional, así como las reuniones del Comité Monetario y Financiero Internacional, para discutir los avances de la labor del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional. Asimismo, está previsto la realización de seminarios, sesiones informativas regionales, conferencias de prensa y muchos otros eventos centrados en la economía mundial, el desarrollo internacional y los mercados fi nancieros mundiales; Que, las Reuniones de Primavera constituyen una oportunidad para llevar a cabo reuniones con los Bancos de Inversión, a fi n de tratar temas relacionados con el mercado de capitales y con las posibilidades de emisiones de Bonos Globales que el Gobierno Peruano pudiera llevar adelante en el mercado externo; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la asistencia del señor Carlos Augusto Oliva Neyra, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, y Gobernador Alterno por el Perú ante el GBM, a las Reuniones de Primavera de la Asamblea de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Carlos Augusto Oliva Neyra, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 19 al 22 de abril de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 2 243,00 Viáticos (4 días) : US$ 880,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 778570-4 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Brasil en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2012-IN Lima, 18 de abril de 2012 VISTO, los Ofi cios Nºs. 95 y 96-2012-MP-FN-UCJIE (EXT. Nº 157-10) de fecha 14 de marzo de 2012, con los cuales el Doctor José Antonio PELÁEZ BARDALES, Fiscal de la Nación, remitió fotocopia del OF. RE (LEG/ OCJ) Nº 4-3-A/274 del 2 de marzo de 2012, cursado por la Ofi cina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntando la Nota Verbal Nº DCJI/DAMIII/16/JUST BRAS PERÚ de la Cancillería Brasileña y el Ofi cio Nº 528/SEJ del 7 de febrero de 2012, con el que comunicó que el Supremo Tribunal de Brasil, ha concedido el pedido de extradición del procesado Juan Melquiades PORTAL PAREDES, requerido por las autoridades peruanas; en ese sentido solicitó al Ministro del Interior se sirva adoptar, con carácter de MUY URGENTE, las acciones que correspondan para la designación y autorización de viaje de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, trasladar y custodiar al antes reclamado, desde la República Federativa del Brasil hacia nuestro país; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 069-2011-JUS del 30 de marzo de 2011, se resolvió acceder al pedido de extradición activa del procesado Juan Melquiades PORTAL PAREDES, formulado por la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la