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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (19/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464393 Pasajes Aéreos: Lima - Mónaco (PRINCIPADO DE MÓNACO) - Lima US$. 2,115.81 x 2 personas (Incluye TUUA) US$. 4,231.62 Viáticos: US$. 260.00 x 9 días x 2 personas US$. 4,680.00 ------------- TOTAL A PAGAR: US$. 8,911.62 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- Los mencionados Ofi ciales, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuesto aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 778566-2 Designan miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 165-2012-DE Lima, 18 de abril de 2012 VISTOS; los Ofi cios Nº 102 Y-6.j.1/15.00, Nº G.500- 0340, NC-35-SGFA-JPPO-Nº 0396 y Nº 415-2012- IN/0601, de fechas 23, 26 de enero, 03 de febrero, 01 de marzo del año 2012, respectivamente, mediante los cuales las Instituciones Armadas y la Policía Nacional del Perú designan a sus representantes para conformar la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Reglamento de Inaptitud Psicosomática para la Permanencia en la situación de Actividad del Personal Militar y Policial, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-DE/SG, de fecha 10 de noviembre de 1999, crea la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, con el fi n de revisar y dictaminar en relación a los reclamos y observaciones sobre Inaptitud Psicosomática y/o Invalidez del Personal Militar y Policial para permanecer en la situación de Actividad; Que, el artículo 8º del precitado Reglamento establece que la Junta de Sanidad está integrada por el Presidente, Secretario, Componente Médico de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, Componente Jurídico y Componentes Administrativos, los mismos que serán nombrados anualmente; asimismo, la Presidencia de dicha Junta será ejercida anualmente en forma rotativa por el Componente Médico; Que, mediante Resolución Suprema Nº 258-2010- DE/SG de fecha 09 de junio de 2010, se designó a los miembros de la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú para el año 2010,siendo necesario designar la nueva Junta para el año 2012; Que, mediante Acta Nº 002-2011 de fecha 14 de abril de 2011, se acredita que la mencionada Junta de Sanidad ha venido emitiendo pronunciamientos sobre reclamos y observaciones sobre Inaptitud Psicosomática y/o invalidez del Personal Militar y Policial; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 – “Ley del Procedimiento Administrativo General”, señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción. En el presente caso, la designación debe surtir efecto para el año fi scal 2012; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, concordante con lo previsto en el numeral 4º del artículo 11º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estando a lo propuesto por las Instituciones de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Suprema Nº 258-2010- DE/SG de fecha 09 de Junio de 2010. Artículo 2º.- Designar, con efi cacia anticipada al 01 de enero de 2012, al siguiente Personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, como miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, para el AF 2012: Ejército del Perú: -Coronel EP Ángel SUAREZ MONTALVO (Componente Médico) Marina de Guerra del Perú: -Capitán de Navío SN (MC) José Roberto FLORES YABAR (PRESIDENTE) -Capitán de Corbeta CJ Enrique Manuel VERTIZ ALOCEN (Componente Administrativo y Jurídico) Fuerza Aérea del Perú: -Coronel FAP Lizandro Heriberto OBREGÓN SEVILLANO (Componente Médico) Policía Nacional del Perú: -Coronel Méd PNP Jaime Antonio BARDALEZ GARCÍA (Componente Médico) Ministerio de Defensa: -Teniente Coronel EP Tania Adela CARDENAS TAPIA (Componente Jurídico) Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Defensa y del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior 778566-3