Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2012 (19/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

Autorizan viaje de personal militar a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 166-2012-DE/ MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 014-003 JEMGE/OAIE/ Q-2.a del 26 de marzo de 2012, de la Jefatura de Estado Mayor General del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el General de Ejercito Comandante General del Ejercito, aprobo la participacion a la Conmemoracion del Aniversario del Ejercito Brasileno de una comision integrada por diez (10) Oficiales y diez (10) Tecnicos y Sub Oficiales de la Region Militar del Oriente, al Cuartel del Batallon de Infanteria MORDAZA Nº 8 (Comando de Frontera Solimoes, Tabatinga, Brasil) durante los dias 19 y 20 de MORDAZA de 2012; Que, durante la XVII Reunion Regional del Intercambio Militar Brasil - Peru, se acuerda que el Ejercito del Brasil, invitara una comision de militares peruanos para visitar al Cuartel del BIS Nº 8 (Comando de Frontera Solimoes, Tabatinga, Brasil) y al Cuartel del BIS Nº 4 (Comando de Frontera Acre, Rio MORDAZA, Acre), durante la Conmemoracion del Aniversario del Ejercito del Brasil; Que, es conveniente para los intereses de la Institucion, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Tabatinga - Republica Federativa del Brasil, del personal que se nombra en la parte resolutiva, por cuanto estas reuniones facilitan el intercambio de ideas, experiencias e informaciones, el estudio conjunto de problemas de interes mutuo, con el proposito de evitar hechos o posibles situaciones que afecten la paz, estabilidad y/o seguridad de la region fronteriza compartida y permitan alcanzar una estrecha cooperacion e integracion entre los Comandos del BIS Nº 8 del Ejercito del Brasil y la Region Militar del Oriente del Ejercito del Peru; Que, el citado viaje en Comision de Servicio ha sido incluido en el item 114, del rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, del anexo 01 (R.O.) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2012, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 0142012 DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 - Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Tabatinga - Republica Federativa

del Brasil, a fin de que participen en el "Aniversario del Ejercito del Brasil", en el periodo del 19 al 20 de MORDAZA de 2012 al personal militar siguiente:
GRADO MORDAZA EP NOMBRES Y APELLIDOS CIP DNI

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 116082600 43391628 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASANOVA 116590900 18102218 MORDAZA MORDAZA ZUAZO MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALAMPA CABELLOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLIRIC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TURIN LING MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAGUEO MORDAZA CARIHUASAIRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARCILAZO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANAYO MANIHUARI 119828900 07641295 118129700 26696251 119102000 09861856 120746600 43258562 122136100 06793940 120904300 10698564 122372000 43325943 121970700 41163067 311155500 43255661 321703500 43674170 322844400 10028048 323013900 43275042 322790100 43289044 321886400 09552440 322995500 15428288 320812500 05336577

MORDAZA MORDAZA EP MAYOR MAYOR MAYOR CAPITAN CAPITAN CAPITAN MORDAZA MORDAZA TECNICO JEFE TECNICO 2DA TECNICO 2DA TECNICO 2DA TECNICO 2DA TECNICO 2DA TECNICO 3RA TECNICO 3RA SUB OFICIAL 3RA SUB OFICIAL 3RA EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP EP

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 450742800 46115644 JOSHIRA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 450837800 43290297

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora: 003- Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes (tarifa en deslizador) Caballococha - Solimoes - Tabatinga - Solimoes - Caballococha US$ 85.7145 x 20 personas Viaticos US$ 200 x 2 dias x 20 personas Total a pagar. $ 1,714.29

$ $

8,000.00 9,714.29

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder al total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El personal militar comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 778570-5

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