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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464397 presunta comisión del Delito contra la Libertad - Violación de la Libertad Sexual - Violación Sexual, en agravio de una menor de edad; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República Federativa del Brasil, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 120-2012- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 31 de marzo de 2012, mediante la cual el Director General de la Policía Nacional, autorizó el viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú, José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS, a la ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Juan Melquiades PORTAL PAREDES, formulado por la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Libertad - Violación de la Libertad Sexual - Violación Sexual, en agravio de una menor de edad; Que, con Memorándum Múltiple Nº 117-2012- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 2 de abril de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVA, a la ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil, a fi n de que ejecuten la citada extradición; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizase a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS, a partir del 19 al 23 de abril de 2012, a la ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Juan Melquiades PORTAL PAREDES, formulado por la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Libertad - Violación de la Libertad Sexual - Violación Sexual, en agravio de una menor de edad. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Comandante de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA - Viáticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 5 x S/. 534.00 S/. 2,670.00 ---------------- TOTAL S/. 2,670.00 Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS - Viáticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 5 x S/. 534.00 S/. 2,670.00 ---------------- TOTAL S/. 2,670.00 Artículo 3º.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- Dentro de los SIETE (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior 778570-6