Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2012 (27/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

noreste del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de MORDAZA, Sector Zapallal, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 72 949,06 m², denominado Cementerio MORDAZA de Zapallal, ubicado al noreste del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de MORDAZA, Sector Zapallal, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico N° 1785-2012SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 09 de febrero de 2012, la Oficina Registral de MORDAZA, senalo que el predio en consulta se observa en MORDAZA donde hasta la fecha no se cuenta con informacion grafica de planos con antecedentes registrales. Asimismo, el predio se encuentra parcialmente formando parte de la Concesion Minera "Vanguardia" inscrita en la Partida Nº 02018340 del Libro de Derechos Mineros; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 09 de noviembre de 2011, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, de topografia variable, de suelo arcilloso y rocoso. Asimismo, se observo que el predio se encuentra parcialmente ocupado por el Cementerio MORDAZA de Zapallal y el area remanente libre de edificaciones; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 72 949,06 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0019-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 16 de febrero de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 72 949,06 m², denominado Cementerio MORDAZA de Zapallal, ubicado al noreste del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de MORDAZA, Sector Zapallal, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la

primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal

781760-3 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 050-2012/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 27 de marzo de 2012 Visto el Expediente N° 017-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 8 447,90 m², ubicado al norte del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de MORDAZA, Sector Zapallal, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 8 447,90 m², ubicado al norte del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de MORDAZA, Sector Zapallal, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico N° 1771-2012SUNARP-Z.R.NºIX-OC, de fecha 09 de febrero de 2012, la Oficina Registral de MORDAZA, senalo que el predio en consulta de 8 447,90 m², se observa en MORDAZA donde hasta la fecha no se cuenta con informacion grafica de planos con antecedentes registrales. Asimismo, el predio se encuentra formando parte de la Concesion Minera "Vanguardia" inscrita en la Partida Nº 02018340 y parcialmente en parte de la Concesion Minera "Cruz del Norte N° 8, inscrita en la Partida N° 02029311, ambos del Libro de Derechos Mineros; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 09 de noviembre de 2011, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, de topografia variable, es de forma trapezoidal, de suelo arcilloso y rocoso. Asimismo, se observo que el predio se encuentra desocupado; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 8 447,90 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los

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