Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2012 (27/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
II. ANTECEDENTES:

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

Que, luego de revisar y discutir el Informe de Vistos, el Consejo Directivo manifiesta su conformidad con los fundamentos y conclusiones de dicho Informe, razon por la cual lo constituye como parte integrante de la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6.2 del Articulo 6 de la Ley N° 27444. Que, teniendo en consideracion que el objeto materia de interpretacion involucra intereses de los usuarios, se dispone la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. POR LO EXPUESTO y en virtud de sus funciones previstas en el Articulo 53º Literal D) del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante D.S. Nº 0442006-PCM y modificado por el D.S. Nº 057-2006- PCM, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesion N° 411 que se inicio el 28 de marzo del 2012 y, culmino el 30 de marzo del 2012 y, sobre la base del Informe Nº 00412-GRE-GS-GAL-OSITRAN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el inicio de interpretacion de Oficio de la clausula 8.17 (Alcances del Servicio ­ Servicio Estandar) del Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Paita, suscrito por el Estado de la Republica del Peru con TERMINALES PORTUARIOS EUROANDINOS PAITA S.A. Articulo Segundo.- Disponer la notificacion de la presente Resolucion y el Informe Nº004-12-GRE-GS-GALOSITRAN a la empresa Concesionaria TERMINALES PORTUARIOS EUROANDINOS PAITA S.A., asi como al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de entidad Concedente. Asimismo, se dispone hacer de conocimiento del Consejo de Usuarios de Puertos y del Consejo Regional de Usuarios de MORDAZA, la presente Resolucion e Informe. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion, asi como del Informe de vistos, en el diario oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Disponer la difusion de la presente Resolucion, asi como el Informe de vistos, en la pagina web institucional del organismo regulador (www.ositran. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente (e) del Consejo Directivo

2. Con fecha 09 de setiembre de 2009, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, MTC o Concedente), actuando a traves de la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), en representacion del Estado Peruano y a titulo propio, suscribio con la empresa TPE, el Contrato de Concesion para el diseno, construccion, financiamiento, conservacion y explotacion del TPP. 3. Con fecha 31 de diciembre de 2006, se publico la Resolucion de Acuerdo de Directorio Nº 020-2006-APNDIR mediante la cual se "Modifican normas aplicables al control y seguimiento de mercancias peligrosas dentro de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) y a las operaciones y manipulacion de estas mercancias peligrosas en bahias de los puertos de la Republica"; en cuyo Anexo 9 se establecen las Normas para mantener los niveles de operatividad y seguridad de las Instalaciones Portuarias Especiales. 4. Mediante Oficio N° 825-2011-APN/GG, de fecha 24 de agosto del 2011, la APN remitio a OSITRAN el Informe N° 018-2011-APN/DIPLA/RGCH/MZCH que contiene su propuesta de Tarifas Maximas para ocho (8) de los nueve (9) servicios especiales bajo analisis1, senalando adicionalmente que TPE no debe cobrar un precio por el servicio de "apertura y cierre de grifos u operaciones con bombas de fluidos", pues dicha entidad considera que la mencionada actividad forma parte del servicio estandar a la carga liquida y, por lo tanto, se encuentra incorporada en la tarifa cobrada por dicho concepto. III. ANALISIS: Alcance de la definicion de los Servicios prestados en el TPP 5. La clausula 1.18.88 del Contrato de Concesion del TPP define los "Servicios" que el Concesionario esta facultado a prestar en el MORDAZA del Contrato de Concesion, los cuales se dividen en Servicios Estandar y Servicios Especiales. 6. Respecto de los Servicios Estandar, la clausula 8.17 del Contrato proporciona el alcance de este servicio como: "SERVICIO ESTANDAR Son aquellos servicios que, durante el periodo de vigencia de la Concesion, el Concesionario debera prestar obligatoriamente a todo usuario que lo solicite y comprende en el caso de embarque, desde que la carga ingresa al Terminal Portuario de Paita hasta que la Nave en la que se embarque sea desamarrada para zarpar. En el caso de la descarga, comprende desde el amarre de la Nave, hasta el retiro de la carga por el Usuario. Asimismo, tanto en el caso de embarque como en el de descarga, incluye una permanencia de la carga en el almacen del Terminal Portuario de Paita hasta de cuarenta y ocho (48) horas libres de pago, asi como cualquier cargo por gasto administrativo, operativo u otros que implique la prestacion del Servicio Estandar. Dicho plazo se contabilizara desde que la Nave ha terminado la descarga o una vez que la carga ingrese en el patio del Terminal Portuario de Paita para su posterior embarque. Los Servicios Estandar se dividen en: a. Servicios en funcion a la Nave b. Servicios en funcion a la Carga (...)

Informe N° 004-12-GRE-GS-GAL-OSITRAN Para De : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General : MORDAZA MOMIY MORDAZA Gerente de Regulacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Supervision (e) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Asesoria Legal MORDAZA : Interpretacion de oficio de la clausula 8.17 del Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Paita Fecha : 13 de marzo de 2012

I. OBJETO: 1. El presente informe tiene por objeto analizar el inicio del procedimiento de interpretacion de oficio de la clausula 8.17 del Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Paita (en adelante, TPP), a fin de determinar si las actividades de: (i) apertura y cierre de grifos u operaciones con bombas de fluidos, y (ii) uso de MORDAZA de contencion, prestados por la empresa concesionaria Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. (en adelante, TPE o el Concesionario) en el TPP, forman o no parte del Servicio Estandar para atender carga liquida a granel.
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La APN analizo los siguientes 9 servicios prestados en el TPP: i) ii) iii) iv) v) vi) vii) viii) ix) Apertura y cierre de tapas de bodegas Apertura y cierre de grifos u operaciones con bombas de fluidos Suministro de energia Montar y desmontar sistema "clip on" en reefers Gen Set Manipuleo de contenedores OOG Recargo para contenedores de clasificacion IMO Uso de MORDAZA de contencion Limpieza de muelle Limpieza de equipo

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