Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (27/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2012 465064 VISTO el Ofi cio Nº 405-2012-SG/ONPE, de fecha 19 de abril de 2012, remitido por la Secretaría General de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, en atención a la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de San Juan de Iris, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, presentada por Godofredo Rafael Doria Lozano. CONSIDERANDO: 1. Uno de los derechos de participación de los ciudadanos es el que se efectúa a través de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el artículo 31 de la Constitución, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum, iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. 2. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular; b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el número mínimo de fi rmas válidas (el 25% de fi rmas respecto del último padrón electoral para la circunscripción), las que son verifi cadas por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la constancia de verifi cación de fi rmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el cronograma fi jado mediante Resolución Nº 0604- 2011-JNE, esto es, presentar la solicitud a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (culminado el trámite de comprobación de adherentes ante el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil) hasta el 25 de mayo de 2012. 3. Con fecha 11 de abril del 2012, Godofredo Rafael Doria Lozano solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de San Juan de Iris, provincia de Huarochirí, departamento de Lima: Autoridad Cargo Organización política Nelson De la Cruz Dávalos alcalde Partido Aprista Peruano 4. Así, mediante el ofi cio del visto, la Secretaría General de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales comunicó que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identifi có los nombres de las autoridades de quienes se solicita sean sometidas a consulta; se fundamentó el pedido y adjuntó la constancia de verifi cación positiva de fi rmas. 5. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el artículo 46 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, el Jurado Nacional de Elecciones está facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/ o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 6. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberán acumularse e incluirse en la resolución que convocará el proceso de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumúlese la presente solicitud de revocatoria de las autoridades del distrito de San Juan de Iris, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de San Juan de Iris, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, presentada por Godofredo Rafael Doria Lozano, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución Nº 0604-2011-JNE. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría del Pueblo, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE DE BRACAMONTE MEZA VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 782431-3 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2012 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 115-2012/JNAC/RENIEC Lima, 26 de abril de 2012 VISTO: Los Ofi cios N° 000895 y 001033-2012/GPP/RENIEC (22MAR2012) y (03ABR2012) respectivamente, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, los Informes N° 000050 y 000058-2012/GPP/SGPL/RENIEC (22MAR2011) y (03ABR2012) respectivamente, de la Sub Gerencia de Planifi cación de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 000641-2012/ GAJ/RENIEC (04ABR2012) emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es el organismo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales; así como de registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil, entre otros; Que conforme lo dispone la Directiva Nº 002-94-INAP/ DNR, las actividades correspondientes a las diferentes unidades orgánicas de la entidad deben estar contenidas en el Plan Operativo Institucional; el cual, constituye un documento de gestión que permite articular y coordinar adecuadamente las tareas de cada órgano dentro de las entidades de la administración pública; Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 71.2 del Artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades; Que con Resolución Jefatural N° 085-2012/JNAC/ RENIEC (21MAR2012), se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2012-2016; Que mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012,