Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2012 (27/04/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

465068

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de oficinas en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS N° 2559-2012
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de las oficinas de Huancayo y Lurin, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de dos oficinas, segun se indica: - Oficina Huancayo; ubicado en la Av. Mariscal MORDAZA Nº 1763, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junin. - Oficina Lurin; ubicado en la Av. Los Eucaliptos Lote A-1, esquina Los Ceibos, distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca

EXPEDIENTE Nº 0001-2012-PI/TC MORDAZA FISCAL DE LA NACION SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En MORDAZA, a los 17 dias del MORDAZA de 2012, el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados MORDAZA MORDAZA, Urviola Hani, MORDAZA Gotelli, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Hayen, y pronuncia la siguiente sentencia MORDAZA Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Fiscal de la Nacion contra la Ordenanza Regional de MORDAZA Nº 036-2011-GR.CAJ-CR, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2011, que declara inviable el Proyecto Minero Conga. ANTECEDENTES Argumentos de la demanda Mediante demanda de inconstitucionalidad el Fiscal de la Nacion cuestiona la Ordenanza Regional Nº 0362011-GR.CAJ-CR emitida por el Gobierno Regional de Cajamarca. Alega que con dicha normativa el Gobierno Regional de MORDAZA se extralimito en sus funciones invadiendo competencias propias del Ejecutivo, cuestionando especificamente: i) la declaracion del interes publico regional respecto la proteccion e intangibilidad de las cabeceras de MORDAZA en toda la jurisdiccion de la region Cajamarca; ii) la declaracion de la inviabilidad del Proyecto Conga; iii) el encargo dado al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para que canalice ante el Congreso de la Republica, los procesos investigatorios sobre el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que aprobo dicho proyecto; y, iv) que se deje sin efecto cualquier MORDAZA que se oponga tal Ordenanza Regional. El Fiscal de la Nacion argumenta que en aplicacion del test de competencia el Gobierno Regional de MORDAZA actuo fuera del ambito de sus competencias. Asi afirma que si bien el articulo 192 de la Constitucion establece que los Gobierno Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan de las inversiones, actividades y servicios publicos que son de responsabilidad, tal funcion debe efectuarse en MORDAZA con las politicas y planes nacionales locales. Y que si bien el articulo 192, inciso 7) establece que los gobiernos regionales son competentes para promover y regular actividades en materia de agricultura, mineria y medio ambiente, ello debe realizarse de acuerdo al MORDAZA de unidad. En tal sentido la autonomia regional no puede contravenir la normativa del gobierno nacional. En tal sentido, la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion (LDB) establece en su articulo 26.1 establece que el diseno de politicas nacionales y sectoriales entre otros, es competencia exclusiva del Gobierno Nacional. Y de manera similar, la Ley Nº 27867, de Ley Organica de Gobiernos Regionales (LOGR), articulo 45 a) establece que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir y gestionar las politicas nacionales y sectoriales en consideracion a los intereses nacionales y diversidad de las regiones, estando los Gobiernos Regionales encargados de definir, dirigir y gestionar sus politicas regionales en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales. Refiere, por consiguiente, que las competencias de los Gobiernos Regionales deben desarrollarse de conformidad con las politicas y planes nacionales atendiendo al MORDAZA de unidad y el de cooperacion y lealtad Regional, sin contravenir las politicas nacionales y sectoriales elaboradas por el Gobierno Nacional. Aludiendo al Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro de Planeamiento Estrategico, en sus articulos 3 y 4, concluye que a fin de contribuir con el desarrollo de nuestro MORDAZA los cursos de accion de los Gobiernos Regionales y Nacional deben estar alineados con un objetivo comun, de lo contrario la vision de futuro en sociedad seria difusa. De ahi que concluya la entidad demandante que los gobiernos regionales carecen de competencia para normar las politicas regionales y ejercer funciones generales, en contravencion con las politicas nacionales y sectoriales. Refiere tambien que la Ley Nº 29157, Organica del

781336-1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran inconstitucional la Ordenanza Regional Nº 036-2011-GR.CAJ-CR emitida por el Gobierno Regional de MORDAZA, que declaro inviable la ejecucion del Proyecto Minero Conga
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLENO JURISDICCIONAL EXPEDIENTE Nº 0001-2012-PI/TC SENTENCIA DEL PLENO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Fiscal de la Nacion contra el Gobierno Regional de MORDAZA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 Asunto: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Fiscal de la Nacion contra la Ordenanza Regional de MORDAZA Nº 036-2011-GR.CAJ-CR, que declara inviable la ejecucion el Proyecto Minero Conga Magistrados MORDAZA MORDAZA URVIOLA HANI MORDAZA GOTELLI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.