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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (08/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2012 472140 10.- La documentación presentada en el expediente de Regularización será admitida por esta Corporación, en aplicación al Principio de Veracidad establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. CAPÍTULO V DE LOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS ESPECIALES Se tomará como base lo estipulado en la Norma Vigente, Ordenanza Nº 1086-07-MML, asimismo se considerarán los siguientes parámetros, detallados a continuación: 1.- ZONIFICACIÓN.- Para construcciones que se hayan edifi cado bajo los alcances de la Norma de la Ordenanza Nº1086-07-MML. - Se permitirá para Zonifi cación Residencial de Densidad Media (RDM) la construcción de viviendas Unifamiliares, Bifamiliares, Multifamiliares. 2.- RETIRO.- Los inmuebles que se encuentran en zonas consolidadas, en vías locales, que cuenten con retiros inferiores a los exigidos por la normatividad vigente, resultan técnicamente procedentes, siempre y cuando, en el caso de los frontales, coincidan con más del 70% de la longitud del lado de la cuadra, debiendo presentar la gráfi ca correspondiente, debidamente sustentado con fotografías. 3.- ÁREA LIBRE.- Se aceptará en estos casos la disminución del 50% adicional sobre el metraje de área libre mínima establecida en la normatividad vigente, siempre que se solucione adecuadamente la iluminación y ventilación 4.- POZOS DE LUZ.- Para los pozos de luz, se aplicará una tolerancia máxima del 30% de lo establecido en el RNE. 5.- ESTACIONAMIENTOS.- Para las construcciones que se hayan edifi cado bajo los alcances de la Norma de la Ordenanza Nº1086-07-MML, se aplicará los siguiente: a. En edifi caciones ubicados en zonifi cación Residencial de Densidad Media (RDM): Viviendas Unifamiliares: 1 estacionamiento por cada vivienda. Viviendas Multifamiliares: 1 estacionamiento por cada unidad de propiedad exclusiva. b. Estacionamientos en edifi caciones ubicadas en zonifi cación Comercial Estacionamientos en edifi caciones ubicadas UN (01) ESTACIONAMIENTO en zonifi cación comercial CADA 50 m2 DE ÁREA ÚTIL 6.- OTROS.- Quedará sujeto a evaluación de la Comisión Técnica otras tolerancias respecto al Título III del Reglamento Nacional de Edifi caciones, esa tolerancia no será aplicable para las alturas de piso terminado a vigas y dinteles, rutas de evacuación por emergencia y rampas de acceso a estacionamientos y peatonales. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es hasta el 31 de diciembre del 2012. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Cuarta.- Encárguese a la División de Gestión de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva - Desarrollo Urbano y Control Territorial, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y demás órganos competentes de la Municipalidad de Punta Hermosa, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- Encárguese a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación la publicación de la presente norma en el portal de la municipalidad: www.munipuntahermosa.gob. pe. En el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.qob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 824550-1 Disponen y reglamentan el Proceso del Presupuesto Participativo del distrito para el Año Fiscal 2013 ORDENANZA Nº 223-2012-MDPH Punta Hermosa, 17 de julio del 2012 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO; en sesión ordinaria de fecha 17 de julio, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9°,53°,97° y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, se prescribe que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo de concertado, así mismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, los artículos 18° y 20° de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales así como la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley N° 29298, se establece disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso de Planes de Desarrollo Concertado; Que, mediante la Resolución Directoral N° 007-2010- EF/76.01 se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados” donde se enmarca en nuevo enfoque de gestión Pública, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específi cos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. Que, con Informe N° 060-2012-JP-MDPH de la Jefatura de Planeamiento y Presupuesto solicita se inicie el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2013 de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa y presenta la propuesta de Ordenanza que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2013; Estando al Informe N° 132-2012-MDPH/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y en uso de sus facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: