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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (08/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2012 472128 Comunicaciones del Gobierno Regional de Lima que en adelante se denominará “Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima”, constituye un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Lima responsable de la implementación, ejecución y administración de los Planes y Políticas en materia de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Lima, así como de fi scalizar y supervisar el cumplimiento del marco normativo aplicable al sector de su competencia, en armonía con la política regional y nacional. Son objetivos de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima los siguientes: a. Desarrollar una adecuada infraestructura de vías de transporte que dinamice y posibilite la articulación y la generación de espacios socioeconómicos al interior del ámbito del Gobierno Regional de Lima. b. Lograr el desarrollo sostenible de los servicios de comunicaciones y el acceso a los mismos, propiciando la innovación tecnológica y velando por la asignación racional y el uso efi ciente de los recursos. Artículo 2º.- De la Dependencia. La Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima depende administrativa y funcionalmente de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Lima, y mantiene una relación técnica normativa con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- De la Jurisdicción La jurisdicción de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima comprende el ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional de Lima, que está constituido por el Departamento de Lima, con excepción de la Provincia de Lima Metropolitana. CAPÍTULO II DE LAS FUNCIONES GENERALES Y BASE LEGAL Artículo 4º.- De Las Funciones Generales La Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima tiene las siguientes funciones generales: a. Formular, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes y de telecomunicaciones de la región, en concordancia con el plan de desarrollo del Gobierno Regional, y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales. b. Conducir y ejecutar de manera coordinada, la formulación, seguimiento y evaluación de las acciones de construcción, mejoramiento y conservación de la infraestructura de transportes, no comprendida en la Red Vial nacional o rural, debidamente priorizada en los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transportes. c. Asumir las funciones de Unidad Formuladora y Ejecutora de los proyectos de inversión pública que programe y/o ejecute el Gobierno Regional de Lima, en materia de vialidad, transportes y comunicaciones, de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública y normatividad presupuestal vigente. d. Autorizar, supervisar, fi scalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con los Gobiernos Locales. e. Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de Licencias de Conducir, de acuerdo a la normatividad vigente. f. Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia, en concordancia con la normatividad nacional y los convenios internacionales. Así como promover la inversión privada en proyectos de telecomunicaciones, de acuerdo a la ley de la materia. g. Fomentar y fortalecer el desarrollo de medios de comunicación regional y de una red pública de comunicaciones en la Región. h. Coordinar con el Gobierno Nacional las autorizaciones de las estaciones de radio y televisión regional cuyas licencias este otorgue, en armonía con las políticas y normatividad nacional, y los convenios internacionales. i. Participar en los proyectos de comunicaciones a cargo del Gobierno Nacional. j. Desarrollar y administrar los aeródromos de ámbito regional, coordinando con la Dirección General de Aeronáutica Civil conforme a ley. k. Desarrollar y administrar la infraestructura portuaria regional de acuerdo con las regulaciones técnicas normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través del Organismo pertinente y de la forma que establezcan los dispositivos legales sobre la materia. l. Otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestación de los servicios portuarios marítimos, fl uviales y lacustres de alcance regional, a través del organismo pertinente, de acuerdo a los dispositivos legales sobre la materia. m. Administrar y controlar los bienes patrimoniales asignados y los que le fueran dados por encargo; así como evaluar y determinar su uso y destino fi nal, en aplicación a los dispositivos legales vigentes. n. Formular y proponer los documentos de gestión en cumplimiento a la normatividad vigente, que le sea aplicable. o. Ejecutar las acciones técnicas normativas que corresponden a los sistemas administrativos públicos que se orienten a optimizar el uso de los recursos públicos que se le asigne. p. Brindar asesoramiento técnico especializado a la Dirección Superior y demás Unidades Orgánicas del Gobierno Regional, en los asuntos de su competencia q. Desarrollar y promover los proyectos, investigaciones, estudios y programas relacionados con el ámbito de su competencia. r. Ejercer las demás competencias y funciones generales o específi cas que le correspondan por mandato legal y/o que le encomiende la Gerencia Regional de Infraestructura, y la Dirección Superior del Gobierno Regional de Lima. Artículo 5º.- Bases Legal - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783 - Ley de.Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modifi catorias la Ley Nº 27902, 28013, 25151, 28926, 28961 y 28968. - Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y su Modifi catoria la Ley Nº 28177. - Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM; que aprueba el Plan Anual de Transferencias de Competencias a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004. - Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM; que aprueba el Plan Anual de Transferencias de Competencias a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005. - Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM; que aprueba el Plan Anual de Transferencias de Competencias a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006. - Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007. - Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF. - Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM; establece disposiciones relativas a la culminación de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales y Locales. - Resolución Ministerial Nº 307-2008-MTC/01; que declara concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales específicas en materia de transportes, incluidas en los planes anuales de Transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondientes a los años 2005-2007. - Resolución Ministerial Nº 387-2011-MTC/02, de fecha 11 de junio del 2011, declara concluido del proceso de transferencia de funciones sectoriales específi cas en materia de transportes a favor del Gobierno Regional de Lima. - Ordenanza Regional Nº 006-2003-GRL/CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima. - Ordenanza Regional Nº 009-2009-CR-RL, de fecha 30 de diciembre del 2009, que aprueba la modifi cación de